La Secretaría de Energía informó que se levantaron las restricciones de suministro de gas para clientes con contratos firmes, aunque se mantienen para los interrumpibles.
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SUSCRIBITEEl sistema de transporte superó la situación de emergencia.
La Secretaría de Energía informó que se levantaron las restricciones de suministro de gas para clientes con contratos firmes, aunque se mantienen para los interrumpibles.
“El sistema de transporte de gas superó la situación de emergencia y las presiones en los gasoductos y estaciones de regulación y medición ya se encuentran normalizadas. Por este motivo, se definió el levantamiento de las restricciones a consumos firmes”, informó la cartera gubernamental en un comunicado.
"El Comité de Emergencia (que fue convocado por las empresas transportistas y distribuidoras, liderado por ENARGAS y con participación de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía de la Nación, CAMMESA y ENARSA) dio por finalizada su tarea", explicó el Poder Ejecutivo.
Y subrayó: "Se resolvió avanzar con la liberación de los cortes a estaciones de GNC e industrias con contratos firmes, manteniéndose únicamente las restricciones para consumos interrumpibles”.
A su vez, la Secretaría de Energía indicó que “en la ciudad de Mar del Plata, el servicio está prácticamente restablecido en su totalidad, según informó la empresa distribuidora Camuzzi”.
“Las distribuidoras están avanzando en todo el país con la liberación progresiva del consumo firme, y en las próximas horas, las empresas transportistas continuarán evaluando la evolución del sistema para reactivar también los servicios interrumpibles, tanto para la demanda local como para las exportaciones”, señaló la misiva oficial.
El jueves, el Gobierno nacional modificó el marco regulatorio del gas envasado y limitó la intervención estatal a la fiscalización de seguridad, dejando de tener injerencia en precios, oferta y demanda.
Lo hizo mediante el Decreto 446/2025, publicado en el Boletín Oficial.
La normativa, que desregula el mercado de la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP), restringe la tarea de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación “exclusivamente a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes”.
En este sentido, establece que dicha labor se debe desempeñar “sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado, evitando intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda, las cuales deben quedar regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.
Al fundamentar la decisión, el Ejecutivo expuso en el texto oficial que “el régimen vigente otorga un rol protagónico a la autoridad de aplicación en materia de regulación económica, técnica y operativa, lo que ha generado en muchos casos sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor”.
Asimismo, subrayó que “el sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de GLP, y posee la capacidad para mejorar la calidad del servicio, diversificar la oferta y optimizar la operación de la industria, incluyendo los mecanismos de canje de envases, contribuyendo de ese modo a garantizar el abastecimiento interno de GLP al menor costo posible para los consumidores”.