El Gobierno nacional dispuso que los excedentes de los aportes que los trabajadores realizan para su cobertura de salud pasarán a reducir el monto de las cuotas mensuales.
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SUSCRIBITELos excedentes de aportes de afiliados reducirán las cuotas.
El Gobierno nacional dispuso que los excedentes de los aportes que los trabajadores realizan para su cobertura de salud pasarán a reducir el monto de las cuotas mensuales.
Esto se dará a partir de la derogación de un artículo de la Resolución 2400/2023 de la Superintendencia de Salud.
La normativa firmada por la gestión de Alberto Fernández permitía que las empresas de medicina prepaga absorbieran esos fondos sin que impactaran en el servicio.
El vocero presidencial, Manuel Adorni, afirmó que "durante casi dos años, las prepagas se beneficiaron con miles de millones de pesos que correspondían a los afiliados".
Según el funcionario, el artículo derogado "fue un favor que le hizo la gestión anterior a las prepagas a cambio de congelar la cuota en septiembre, octubre y noviembre de 2023, en plena campaña electoral".
"Ahora los excedentes serán de los trabajadores y no más de las prepagas", amplió el portavoz en conferencia de prensa.
En la misma línea, el ministro de Salud, Mario Lugones, detalló en la red social X el mecanismo que quedará sin efecto: "Si un trabajador aportaba $120 y su plan cotizaba a $100, la diferencia se la quedaba la prepaga. Ahora, esos fondos vuelven a sus dueños".
El funcionario calificó la norma derogada como un "privilegio" y un "artículo oculto", agregó que a partir de ahora cada factura deberá detallar "de forma clara el subsidio automático que recibe cada afiliado, aplicado como descuento en la cuota".
"Durante casi dos años, 1.800.000 personas vieron cómo se les retuvieron miles de millones de pesos. Esa apropiación se termina", amplió el ministro.
Ahora, las prepagas deberán discriminar en la factura cuánto recibe cada persona de subsidios automáticos para “las empresas no tengan dudas de que ese dinero es de cada afiliado”.
“Este dinero debe representar un descuento de cuota para los afiliados”, enfatizaron las autoridades.
La modificación de 2023 generó dolores de cabeza en más de un afiliado en relación de dependencia, que reclamaban por aportes excedentes que quedan “colgados”, sin uso, y que, además, aseguran, terminan hoy en las arcas de las prepagas.
La Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la Resolución 2400/2023, publicada en el final de la gestión de Alberto Fernández, aprobó las cláusulas mínimas que deben contener los contratos de las empresas de medicina prepaga.
Allí se definió expresamente qué ocurre con los aportes y contribuciones de la seguridad social que se derivan hacia el pago de una cuota de prepaga.
El punto central está en la cláusula 12 del Anexo, “Derivación de aportes y contribuciones de la Seguridad Social”, que aclara el alcance de estos fondos y las limitaciones sobre su uso.
La normativa establece que, en caso de que el valor de la cuota mensual -total o parcial- se cubra con los aportes y contribuciones previstos en la Ley 23.660 o con los correspondientes al monotributo, ese importe debe figurar en el comprobante de pago.
Pero al mismo tiempo dispone que “en ningún caso podrá la entidad acreditar y/o entregar total o parcialmente importes de aportes y contribuciones al afiliado”.
En la práctica, esto significa que cuando los aportes superan el valor de la cuota, el excedente queda en poder de la prepaga y no puede devolverse ni usarse como crédito a favor del usuario.
La única alternativa que deja abierta la regulación es que ese excedente se utilice para cambiar de plan dentro de la misma entidad.
Sin embargo, esta opción tiene una condición: al pasar a un plan superior, el afiliado debe permanecer en él al menos durante 12 meses.
Ese plazo genera un problema cuando el excedente surge de ingresos extraordinarios y temporales, como un aguinaldo o un bono. El afiliado puede verse forzado a sostener una cuota más alta durante un año, aunque al mes siguiente ya no disponga de esos recursos adicionales.
Otro punto relevante es que, si el afiliado cambia de obra social, de prepaga o incluso rescinde el contrato, los aportes ya ingresados no se trasladan ni se reintegran: quedan en poder de la entidad que los haya percibido.
De esta forma, la norma garantiza la permanencia de esos fondos dentro del sistema de seguridad social, pero limita la capacidad del usuario de disponer de ellos en beneficio propio.