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Justicia

La Justicia falló en contra de empresas que descontaron beneficios a sus empleados

13 de abril de 2021 - 16:58

La Cámara Nacional del Trabajo ordenó a un grupo de firmas alimenticias que se abstengan de descontar premios por asistencia y puntualidad o adicionales a empleados que no realizan tareas “presenciales” por la pandemia de Covid-19.

Fuentes judiciales confirmaron que la Sala I de la Cámara revocó la negativa de primera instancia y concedió la medida cautelar solicitada por la Federación de Industrias de la Alimentación en la demanda contra las sociedades anónimas Arcor, Bagley Argentina y Cartocor.

La medida provisoria prohibió, bajo pena de aplicar sanciones, descontar el premio por asistencia y puntualidad y los adicionales por horario nocturno y refrigerio a quienes no concurrieron a los establecimientos por integrar “grupos de riesgo”, ser mujeres embarazadas o progenitores a cargo de hijos menores que no concurren a la escuela.

Además mandó pagar lo descontado, previa constatación de que quienes resultaron beneficiados con la medida cautelar percibieran habitualmente esos rubros y que los mismos hubieran sido efectivamente reducidos o eliminados durante el lapso que no concurrieron a los establecimientos.

La Federación había expuesto que, con esos descuentos, la reducción de salarios alcanzaba en algunos casos el 20 por ciento de los haberes.

La Sala I de la Cámara ponderó la “excepcional situación de pandemia”, que exige la adopción de medidas que aseguren a las personas que trabajan, que la emergencia no les hará perder sus puestos ni afectará sus haberes remuneratorios.

La resolución provisoria fue firmada días atrás por las camaristas María Cecilia Hockl y Gabriela Alejandra Vázquez.

Fuente: Telam

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