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Frenan judicialmente el ajuste en las tarifas de gas para PYMES

27 de septiembre de 2016 - 18:51

Luego de las audiencias públicas, la Justicia Federal de Córdoba ordenó finalmente al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) a emitir las facturas para las empresas del sector con los valores existentes al 31 de marzo último, previos al ajuste dispuesto por el Gobierno nacional.

El juez Miguel Vaca Narvaja dispuso volver a facturar los consumos y disponer el pago de las facturas adeudadas en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago.

La decisión partió del amparo presentado por la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme), en busca de no tener que pagar el incremento del 500% en las boletas del servicio.

Hace un mes, la Corte Suprema de Justicia había suspendió el ajuste tarifario sólo para los usuarios residenciales, pero no para la actividad comercial e industrial

Luego de las audiencias públicas mandatorias por el máximo tribunal -celebradas hace poco más de una semana-, el magistrado cordobés decidió emitir un fallo a nivel nacional contemplando a las PYMES.

En este contexto, Vaca Narvaja decidió "hacer lugar a la medida cautelar peticionada por Apyme y, en consecuencia, disponer para el colectivo integrado por los pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines, la suspensión de las medidas contenidas" en las resoluciones del Ministerio de Energía que disponían el ajuste tarifario.

Y estableció que debe darse "continuidad al cuadro tarifario del servicio vigente con anterioridad al 31 de marzo del corriente año, es decir, sin variación alguna que no surja del propio consumo del usuario".

También, ordenó e instruyó a la licenciataria del servicio de gas a que "proceda, en el término de diez días, a la refacturación de los consumos" desde el primero de abril último a este martes 27 de septiembre.

"Las prestadoras del servicio de distribución deberán adoptar las medidas necesarias para posibilitar el pago de las facturas adeudadas en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago", especificó el fallo.

El juez justificó sobre la base de que "Apyme actúa en resguardo de los derechos de las pequeñas y medianas empresas, al invocar como hecho único el aumento excesivo y desproporcionado de la tarifa de gas, que provocaría una lesión económica a todos y cada uno de ellas, frente al estado de vulnerabilidad al que quedarían sometidas" las compañías.

"En caso contrario, estaríamos impulsando a todas las pequeñas y medianas empresas del país a concurrir a la Justicia de manera individual, lo que llevaría a la saturación de los juzgados federales de la Nación", añadió.

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