jueves 18 de junio de 2026
  • Temas del Día

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Somos Pymes. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
Mercado cambiario

La CNV flexibilizó las ventas en dólares financieros

ALyC y Agentes de Negociación podrán operar con su cartera propia.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 18 de junio de 2026 - 11:12

La Comisión Nacional de Valores (CNV) realizó una reforma a las restricciones que limitaban las operaciones con dólares financieros -dólar MEP y contado con liquidación- de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) y los Agentes de Negociación (AN).

Ventas en dólares

La norma, dictada a pedido expreso del Banco Central, habilita a esos operadores a vender títulos con liquidación en moneda extranjera con su propia cartera, dentro de ciertos parámetros.

Hasta ahora, los ALyC y AN que tuvieran posiciones tomadoras en cauciones, pases o cualquier tipo de financiamiento en pesos no podían operar ventas de valores negociables con liquidación en dólares, ni para clientes ni para su cartera propia.

La nueva norma mantiene esa restricción para las operaciones de clientes pero abre excepciones para la cartera propia de los agentes.

Éstos podrán vender títulos en dólares si la operación no genera un saldo neto positivo en su posición en moneda extranjera, o bien podrán recomponer su posición en dólares en los límites del 15% de su patrimonio neto total en cualquier momento y el 3% por día hábil.

La posición de referencia para la recomposición es la existente al 1° de junio de 2026, fecha que la CNV toma como punto de partida del nuevo régimen.

El objetivo de la CNV

En un comunicado, el Poder Ejecutivo remarcó que a través de la resolución se flexibilizó, mediante nuevas excepciones, la limitación para realizar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, tanto en jurisdicción local como jurisdicción extranjera, para la cartera propia de los ALyC y AN, cuando dichos agentes mantengan, en moneda local, posiciones tomadoras de cauciones y/o pases y/o cualquier tipo de financiamiento a través de operaciones en el ámbito del mercado de capitales.

Al respecto, el presidente de la CNV, Roberto E. Silva, mencionó: “Clarificamos las excepciones existentes para ALyCs y ANs y agregamos nuevos supuestos procurando, siempre dentro de la normativa vigente, no afectar las operaciones de los agentes”.

Adicionalmente a la excepción intradiaria que contenía el Criterio interpretativo N° 99 (el cual queda sin efecto), se incorpora una nueva excepción respecto a la referida limitación, permitiéndose a los ALyC y AN la venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera para su cartera propia para recomponer su posición en moneda extranjera dentro del 15% de su patrimonio neto (una vez descontado el patrimonio mínimo regulatorio) y con cierto límite diario.

El contexto económico y financiero actual permite desarmar controles que el año pasado eran necesarios para evitar presiones sobre las cotizaciones del dólar.

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar