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FAL

La UIF eximió al Fondos de Asistencia Laboral de las obligaciones antilavado

Incluye los aportes obligatorios, contribuciones voluntarias, donaciones y legados destinados a este fin.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 18 de septiembre de 2026 - 11:54

La Unidad de Información Financiera (UIF) eximió a los aportes a los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) de la totalidad de las medidas y controles antilavado y actualizó la clasificación de los sujetos obligados.

Prevención de delitos

Los FAL fueron creados por la Ley de Modernización Laboral para coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones laborales e indemnizatorias de los empleadores del sector privado.

El Decreto 408/2026 estableció que pueden instrumentarse mediante Fideicomisos Financieros o Fondos Comunes de Inversión Abiertos bajo la supervisión de la CNV.

La CNV solicitó a la UIF una regulación diferenciada señalando las características particulares de estos vehículos que los distinguen de los fondos de inversión de propósito general.

La Resolución 109 incorpora la exención para los FAL, sustentada en la evaluación de "múltiples elementos mitigantes del riesgo:

_La existencia de una finalidad legal específica; la identificación individualizada del empleador aportante mediante CUIT y del vehículo mediante el ID FAL.

_La canalización mayoritaria de aportes a través de ARCA; la trazabilidad integral de los recursos.

_La limitación de los activos elegibles para inversión; la restricción geográfica al mercado local.

_La supervisión de la CNV.

_La imposibilidad de rescate de los fondos por parte de los aportantes salvo los supuestos del artículo 72 de la Ley 27.802".

La exención alcanza tanto a los aportes obligatorios como a las contribuciones voluntarias, donaciones y legados.

Alcances de la medida

El segundo cambio de la norma actualiza las referencias normativas de la Resolución UIF 78/2023 y tiene carácter estrictamente técnico.

Los sujetos alcanzados por la Resolución 78/2023 son los Agentes de Negociación, los Agentes de Liquidación y Compensación, las personas jurídicas que actúen en la colocación de cuotapartes de FCI u otros productos de inversión colectiva, los Agentes Asesores Globales de Inversión, los fiduciarios financieros con oferta pública, y las Plataformas de Financiamiento Colectivo.

La norma forma parte del proceso permanente de actualización del Sistema de Prevención de LA/FT/FP.

"Reafirma el compromiso de la UIF con la aplicación de una regulación eficaz, proporcional y basada en riesgo, alineada con las mejores prácticas internacionales y con las características específicas de los distintos productos y actividades alcanzados por la normativa vigente", remarcó el Gobierno en un comunicado.

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