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ARCA 

Suspendieron los plazos impositivos y aduaneros durante la feria judicial de invierno

Durante doce días hábiles no correrán los tiempos para responder a intimaciones, presentar descargos, interponer recursos o cumplir requerimientos de información.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 12 de junio de 2026 - 11:31

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso que entre el 13 y el 24 de julio de 2026, ambas fechas inclusive, quedará suspendido el cómputo de los plazos previstos en todos los procedimientos vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.

Plazos impositivos y aduaneros

La medida impacta en materia impositiva, aduanera y de recursos de la seguridad social, y rige en todas las dependencias del organismo en el país.

La suspensión se dictó en forma anual en coincidencia con la feria judicial de invierno del Poder Judicial de la Nación.

La Corte Suprema de Justicia dispuso mediante la Acordada N° 11 del 2 de junio de 2026 un feriado judicial para los tribunales federales y nacionales de la Capital Federal desde el 20 hasta el 31 de julio de 2026.

ARCA fijó un período propio de suspensión -del 13 al 24 de julio- que no coincide exactamente con el feriado judicial, para garantizar una administración uniforme de los sistemas en todas las dependencias del país, incluidas las jurisdicciones del interior donde las Cámaras Federales de Apelaciones fijarán períodos distintos.

La Resolución General 5863/2026 se dicta como norma complementaria de la Resolución General 1.983 y sus modificatorias.

Parámetros de la ex AFIP

El texto oficial indicó que el carácter de "agencia tributaria única" del organismo y "la necesidad de compatibilizar la medida con una adecuada administración de los procedimientos y sistemas vigentes" justifican establecer "un período uniforme de suspensión de plazos aplicable en todas las dependencias del país".

La suspensión implica que durante esos doce días hábiles no correrán los plazos para responder a intimaciones, presentar descargos, interponer recursos o cumplir requerimientos de información en sede administrativa de ARCA.

Los plazos de vencimiento de obligaciones tributarias -declaraciones juradas y pagos- no se ven afectados por esta norma.

La medida entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.

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