El Gobierno nacional rehabilitó el certificado de exclusión de IVA e impuesto a las Ganancias para importaciones, para fomentar una baja en los precios.
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SUSCRIBITESe trata de la posibilidad de solicitar el “certificado de exclusión”.
El Gobierno nacional rehabilitó el certificado de exclusión de IVA e impuesto a las Ganancias para importaciones, para fomentar una baja en los precios.
Lo hizo mediante la Resolución General 5655/2025, publicada en el Boletín Oficial.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó la suspensión de los certificados de exclusión del impuesto a las ganancias y al valor agregado para las operaciones de importación.
El certificado de exclusión es un documento emitido por el ente recaudador que permite a un contribuyente quedar exceptuado de ciertas percepciones o retenciones impositivas.
Evita el pago anticipado de IVA y Ganancias en importaciones, cuando la empresa demuestra que dichos anticipos generan un saldo a favor que no podrá compensar en el corto plazo.
La medida generará “un efecto financiero positivo para la economía, ya significará una reducción en la carga tributaria para quienes importen insumos y productos”, señaló ARCA.
“De esta manera, aquellas empresas que con sus percepciones de IVA y ganancias generen saldo a favor de manera permanente y un exceso de cumplimiento de esas obligaciones tributarias, podrán volver a solicitar el certificado de exclusión”, explicó el organismo.
La norma deroga una serie de resoluciones que habían suspendido esta posibilidad para que las operaciones de importación que cumplieran con los requisitos.
Desde ese entonces, las empresas tenían que hacer frente a una percepción que podía alcanzar hasta el 20% en IVA y 6% en Ganancias.
Esto significaba un ajuste significativo en la carga impositiva de sus operaciones.
Estos regímenes fueron creados entre 2007 y 2010 y son aplicables a operaciones de importación definitiva de bienes, incluidas las realizadas al área franca desde terceros países y desde el área franca al territorio aduanero general, o especial, salvo que se encuentren exceptuadas.
Estas normas establecían percepciones del 20% en el IVA y del 6% por Ganancias, aunque al mismo tiempo contemplaban certificados de exclusión para casos particulares.