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ARCA 

Modificaron el procedimiento para notificar el cambio de domicilio fiscal

Se digitalizó el mercanismo para evitar multas de hasta $35 millones.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 8 de enero de 2026 - 10:42

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) simplificó la gestión del domicilio fiscal a los contribuyentes al digitalizar y reducir las cargas administrativas en la actualización de datos para facilitar el cumplimiento y evitar multas de hasta $35 millones.

Cambio del domicilio fiscal

La simplificación del trámite para agilizar los procesos de denuncia y modificación entrará en vigencia a partir del 2 de marzo de 2026.

La medida unifica las reglas del domicilio fiscal para que al momento de notificar un cambio la gestión sea más simple y 100% digital, ya que tiene como objetivo principal promover la digitalización y desburocratización de los trámites vigentes.

La nueva normativa permite:

_Modificar el domicilio fiscal online desde Sistema Registral.

_Ver domicilios ya verificados y seleccionarlos directamente.

_Adjuntar un comprobante solo al cargar un domicilio nuevo.

Los contribuyentes que tengan que modificar el domicilio fiscal denunciado deberán:

_Ingresar al servicio web “Sistema Registral”

_Acceder al menú “Registro Único Tributario”, tarjeta “Domicilios”, opción “Modificar”

_Presentar el Formulario electrónico de declaración jurada N° 420/D - “Declaración de Domicilios”, contando con Clave Fiscal nivel 3 o superior.

En caso de que el nuevo domicilio ya esté verificado por el organismo, el estado pasará a 'Confirmado' inmediatamente.

En cambio, si el domicilio no figura en el sistema, se deberán cargar los datos manualmente y adjuntar una constancia probatoria digital.

En este caso, ARCA tendrá 7 días hábiles para aceptar o rechazar la solicitud.

Operatoria establecida por la ex AFIP

La actualización del procedimiento para modificar el domicilio fiscal se da tras la sanción de la ley de Inocencia Fiscal, que incrementó los montos de las sanciones.

Esto genera una mayor responsabilidad para cumplir con el plazo de 10 días hábiles administrativos del cambio de residencia fiscal para informar la modificación.

De no realizarse el cambio en dicho lapso, a partir de la nueva legislación, el incumplimiento del deber formal puede dar lugar a la aplicación de multas que van entre $150.000 y $35.000.000, cuando anteriormente oscilaban entre $150 y $45.000.

Bajo el régimen anterior, en los casos de modificación del domicilio a través del Sistema Registral, ARCA enviaba una notificación con un código de confirmación a través del correo postal.

Con el nuevo procedimiento, ya no se enviará la misma.

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