El Poder Ejecutivo publicará un Decreto en el Boletín Oficial, a través del cual se diferirá la fecha en la que tendrá efecto la actualización correspondiente al Impuesto a los Combustibles.
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SUSCRIBITELos ajustes que se iban a aplicar en mayo no se producirán en busca de contener la inflación.
El Poder Ejecutivo publicará un Decreto en el Boletín Oficial, a través del cual se diferirá la fecha en la que tendrá efecto la actualización correspondiente al Impuesto a los Combustibles.
El Ministerio de Economía decidió postergar los aumentos de tarifas de gas y electricidad que tendrían que haberse aplicada a partir de mayo.
El objetivo de la medida es frenar el impacto sobre la inflación, que en abril habría quedado debajo del 10 por ciento.
A partir del miércoles 1 de mayo debía empezar a regir la fórmula de actualización mensual de las tarifas de gas y electricidad que el Gobierno diseñó para que los aumentos otorgados no queden atrasados respecto de la inflación.
Sin embargo, los entes reguladores de ambos servicios, Enargas y ENRE, respectivamente, no publicaron los nuevos cuadros tarifarios a la espera de una definición del Palacio de Hacienda.
Los entes reguladores tienen calculado cuánto sería la suba que le correspondería a las empresas.
Se trata de un 10,69% para las distribuidoras eléctricas, 12,5% para las distribuidoras de gas y 12% para las transportistas de gas.
Economía debía definir si avanzaba con una quita de subsidios para los sectores de ingresos bajos (N2) y medios (N3) en gas y electricidad.
Si aumentaba el costo que pagan los comercios, industrias y hogares de ingresos altos, y si autorizaba el ajuste mensual de tarifas para las empresas.
La inflación y la devaluación mensual se mantiene al ritmo del 7% y 2% mensual y cada vez más los usuarios residenciales de ingresos bajos y medios demandan más subsidios.
A partir de un decreto que se publicará en el Boletín Oficial, el Gobierno definió diferir la actualización correspondiente al cuarto trimestre de 2023 de los Impuestos sobre los Combustibles y al Dióxido de Carbono para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, al 1° de junio de 2024.
De esta manera, la medida garantiza previsibilidad al sector y establece que no habrá incremento alguno, por dichos conceptos durante mayo.