viernes 17 de abril de 2026
  • Temas del Día

Alcanzaste el límite de 40 notas leídas

Para continuar, suscribite a Somos Pymes. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.

SUSCRIBITE
Exportadores

Permiten a exportadores certificar el origen en cualquier parte del país

4 de octubre de 2019 - 12:51

El Ministerio de Producción determinó que los exportadores podrán solicitar su Certificado de Origen ante entidades autorizadas en cualquier jurisdicción del país.

Lo hizo a través de la disposición 34/2019 de la Subsecretaría de Facilitación del Comercio publicada en el Boletín Oficial.

La misma derogó el artículo 2° de la Resolución 48/2001 de la ex Secretaría de Industria, que establecía que sólo podrían extenderse certificaciones a solicitantes radicados en la jurisdicción para la cual se habilitó a la entidad que correspondiese.

De esta manera, existía un límite jurisdiccional para el solicitante al momento de optar la entidad habilitada para la emisión del Certificado de Origen.

El Certificado de Origen es un instrumento inescindible en el marco de las operaciones de exportación, tanto para acceder a una preferencia arancelaria o bien cuando sea exigido por la aplicación de medidas de política comercial no preferencial en el país de destino de la mercadería.

Más beneficios a la importación de silicio para el Mercosur

Las exportaciones de vino aumentaron un 11% en 2019

En consecuencia, la disposición señaló que resulta ser de vital importancia que exista un adecuado y eficiente sistema de emisión, a los fines de garantizar el correcto funcionamiento para los usuarios de comercio exterior.

También destacó que el comercio exterior ha sido objeto de profundos avances en cuanto a logística, almacenamiento, distribución, tiempos y modernización de las herramientas utilizadas.

Por ello consideró que una ágil y adecuada emisión del Certificado de Origen, en la que cada solicitante pueda elegir libremente a la entidad habilitada en razón de sus necesidades operativas resulta indispensable, resultando contrario a ello la existencia de limitaciones determinadas por la radicación del solicitante y la jurisdicción para la cual se habilitó a la entidad.

Más detalles en: https://bit.ly/2AKiIEw

Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar