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Dumping

Ponen la lupa sobre supuesto dumping de países asiáticos en el país

9 de junio de 2014 - 23:20

La Secretaría de Comercio abrió una investigación por maniobras ilegales en el comercio de llaves de ajuste de mano fijas, incluso en juegos, originarias de China, India y Taipei.

La medida llega en virtud de la requisitoria formulada por la empresa local SNA-E S.R.L., fabricante de productos similares utilizados principalmente en las industrias automotriz y de la construcción, según indica la resolución 78, publicada en el Boletín Oficial con la firma del secretario Augusto Costa.

Las llaves combinadas con trinquete en uno de sus extremos, presentadas aisladamente; las de impacto utilizadas en industrias pesadas; las dinamométricas; y las fijas, cuyo largo sea superior a 510 milímetros, provenientes de esos mismos países, quedaron fuera de la iniciativa firmada por el secretario Augusto Costa.

En septiembre pasado, la Dirección de Competencia Desleal determinó que el margen de dumping es de 225,4% para las exportaciones desde China; de 252,5% desde la India y de 403,4% desde Taipei.

Por su parte, la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) concluyó en enero último que "existen pruebas suficientes que respaldan las alegaciones de daño importante a la rama de producción nacional" de esos productos.

Según el organismo, la cantidad del producto que llegó al país representó más de 80% de las importaciones totales durante todo el período analizado, y se incrementaron en 2011 para luego descender durante el resto del período.

Por su lado, la empresa SNA-E denunció que el crecimiento de la industria automotriz y de la construcción no pudo ser acompañado debido a las importaciones con dumping.

El daño causado por estas maniobras de descarga de productos se ve no sólo en una menor producción de sus artículos marca Bahco, sino que también se extendió a sus segundas marcas, producidas para poder competir con menores precios.

A su vez, la Secretaría de Comercio dispuso que las planchas eléctricas exportadas por la firma Star Comgistic Capital Co.Ltd. e importadas por First Rate S.A., y declaradas como provenientes de Taiwán, "no cumplen con las condiciones para ser consideradas originarias de ese país".

Esos productos deben considerarse originarios de China, según la investigación desarrollada por la Secretaría, señaló la resolución 79 publicada en el Boletín Oficial.

En ese sentido, dice la norma, la Aduana aplicará el tratamiento arancelario correspondiente.

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