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Criptomonedas

La habilitación de contratos en dólar cripto implica un blanqueo de capitales

Calculan que hay unos 100.000 millones de dólares no registrados en divisas virtuales.
Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 9 de enero de 2024 - 10:44

La posibilidad de celebrar contratos en dólar cripto, de acuerdo a lo publicado en el decreto de necesidad y urgencia del Gobierno, implicaría un camino de mayor libertad económica.

Asimismo, permitiría blanquear acuerdos que existen desde hace años en la informalidad.

Así se desprende de las disposiciones del decreto, al concretarse de hecho un blanqueo de capitales.

Contratos en dólar cripto equivalen a un blanqueo de capitales

Pablo Reyes, CEO de Saldoar, la plataforma argentina de intercambio de dinero digital, explicó que “tener la posibilidad de hacer transacciones en criptomonedas es sin dudas un avance para la actividad comercial nacional porque no solo la vuelve más flexible y accesible, sino que la acerca cada vez más a las prácticas que una economía libre podría ejecutar”.

“En un país azotado por la inflación, la adopción de Bitcoin y otras criptomonedas podría ser vista como un rayo de esperanza para aquellos que buscan alternativas a las estructuras financieras tradicionales; dado que esto evitaría la obligación en muchos casos de tener que pasar por intermediarios, permitiendo así pagar más rápido, barato y fácilmente", señaló el especialista.

"El clearing bancario, por ejemplo, o la enorme inseguridad de trasladar un bolso con billetes, dejarían de ser una preocupación a la hora de abonar”, agregó.

En ese marco, el CEO de Saldoar remarcó que “quienes quieran disfrutar de estos beneficios, además de capacitarse, tendrán que ampliar su responsabilidad en dar claridad sobre un sector que se ha caracterizado por su informalidad”.

En esa línea, manifestó que “se estima que en Argentina hay más de u$s100.000 millones en cripto sin tributar”.

Cómo se negocian los alquileres con la puesta en marcha del DNU

El Decreto de Necesidad y Urgencia 70, referente a la desregulación de la economía, que deroga la Ley de Alquileres entró en vigencia el pasado 29 de diciembre y estableció un nuevo panorama para inquilinos y propietarios.

La aplicación del DNU impulsado por Javier Milei establece que el contrato de alquiler se puede realizar en cualquier moneda (por ejemplo, en dólares), por cualquier plazo y que las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres.

En ese sentido, la norma oficial explicó que "será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres".

La entrada en vigor del decreto generó reacciones contrapuestas entre inquilinos e inmobiliarias.

Por el lado de los primeros, la agrupación que representa los intereses de los particulares que buscan alquilar, se manifestó en contra y presentó una acción de nulidad junto con una cautelar para dejar sin efecto el DNU.

En tanto que desde el sector inmobiliario se mostraron a favor de la medida y aseguran que en los últimos días la oferta de inmuebles en alquiler comenzó a crecer.

La dirección del mercado inmobiliario

En diciembre, la oferta de inmuebles para alquilar se redujo un 68,6% interanual, según reveló un trabajo de Reporte Inmobiliario.

Desde la Cámara Inmobiliaria Argentina aseguran que este dato se empezó a revertir con el comienzo del nuevo año y la derogación de la Ley de Alquileres.

Un aspecto importante para aclarar es que los contratos firmados antes del 29 de diciembre siguen estando bajo el régimen de la mencionada ley, mientras que los firmados posteriormente serán bajo el nuevo DNU hasta que la Justicia o el Ejecutivo dispongan lo contrario.

Los requisitos que se solicitan para el inquilino con los nuevos contratos de alquiler, tras la entrada en vigencia del DNU, son un recibo de sueldo en blanco y garantía propietaria o un seguro de caución.

Además, al momento de ingresar en un departamento, se debe pagar un mes adelantado más otro de depósito.

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