El Gobierno nacional oficializó un aumento del 81,25 por ciento en la tarifa de referencia para los servicios de autotransporte de carga de jurisdicción nacional de cereales, oleaginosas y derivados.
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SUSCRIBITELos valores definidos en la Mesa de Negociación Participativa tienen vigencia desde el 15 de enero.
El Gobierno nacional oficializó un aumento del 81,25 por ciento en la tarifa de referencia para los servicios de autotransporte de carga de jurisdicción nacional de cereales, oleaginosas y derivados.
Lo hizo a través de la Resolución 2/2024 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial.
El alza había sido acordado a mediados de enero en el marco de la Mesa de Negociación Participativa, de la que forman parte las principales cámaras, entidades empresarias y sindicales del sector.
Se estableció que de manera excepcional y por única vez, la tarifa de referencia tiene vigencia desde el 15 de enero, pero recién ahora se autorizó oficialmente esa decisión.
Se trata de la denominada Tarifa de Referencia Nacional para el Transporte Interjurisdiccional de Carga de Cereales, Oleaginosas, Afines, Productos, Subproductos y Derivados.
Unos días antes de aquella fecha, la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) había presentado una nota dirigida al Secretario de Transporte mediante la cual solicitó la necesidad de proceder a la actualización de los valores de referencia para los fletes de granos.
Según el Poder Ejecutivo, el Estado Nacional "tiene la responsabilidad de fijar las políticas generales del transporte y específicas del sector, garantizando la seguridad en la prestación de los servicios y asegurando que ninguna disposición nacional, provincial o municipal intervenga o dificulte en forma directa o no, los servicios de transporte de carga de Jurisdicción Nacional".
Asimismo, se dispuso un aumento de hasta el 25,9% en los precios de los biocombustibles que se destinan a su mezcla obligatoria con naftas y gasoil.
La Secretaría de Energía fijó en $940.334 por tonelada el precio mínimo de adquisición del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27.640, "para las operaciones a llevarse a cabo a partir de la entrada en vigencia de la presente medida y hasta que un nuevo precio lo reemplace", según el texto oficial.
El último aumento había llevado el precio a $923.590 por tonelada, por lo cual ahora aumentó en 1,8%.
El plazo de pago del biodiesel no podrá exceder, en ningún caso, los siete días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente, de acuerdo con una de las resoluciones.
Asimismo, Energía dispuso que el bioetanol a base de caña de azúcar aumente 25,93%, a $584,180.
En el caso del bioetanol a base de maíz, el nuevo valor es de $536,983 por litro.
En este caso, el plazo de pago no podrá exceder, en ningún caso, los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.