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Secretaría de Energía

Autorizaron un aumento de hasta 2% en los precios de los biocombustibles

Se espera un traslado del ajuste a los productos de las estaciones de servicio.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 2 de noviembre de 2026 - 11:38

La Secretaría de Energía aprobó un incremento de hasta 2% en el precio de los biocombustibles destinados a la mezcla obligatoria por ley con las naftas y el gasoil.

Ajuste del mercado

La medida se da tras la postergación de la actualización en el valor de los impuestos a los combustibles.

Este factor trasladará cierta presión en los costos del sector, pudiendo trasladarse a los surtidores en las próximas semanas.

De esta manera, el precio mínimo de adquisición del biodiésel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil subió un 2,07%, quedando en $2.074.474 por tonelada, para las operaciones a llevarse a cabo durante agosto y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.

La normativa estipula que el plazo de pago del biodiesel no podrá exceder, en ningún caso, los 7 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.

Por otro lado, el precio mínimo de adquisición por litro del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar trepó 1,99% y se fijó en $1.104,886.

Mientras que para el precio de adquisición del bioetanol elaborado a base de maíz, Energía también dispuso una suba del 1,99%, ubicando el nuevo valor en $1.012,662.

El plazo de pago del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz no podrá exceder, en ningún caso, los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.

Energía especificó que los nuevos precios fijados “son los valores mínimos a los cuales deberán ser llevadas a cabo las operaciones de comercialización en el mercado interno”.

En los considerandos, se recordó que la secretaría energética está facultada para modificar los precios “tanto en los casos en que se detecten desfasajes entre los valores resultantes de su implementación y los costos reales de elaboración de los productos, o bien cuando dichos precios puedan generar distorsiones en los precios del combustible fósil en el pico del surtidor, esto último resulta necesario atender en el contexto actual, fijando excepcionalmente precios que se ajusten a dicha necesidad”.

El aumento del impuesto a los combustibles

El Gobierno nacional dispuso una nueva prórroga en la aplicación del aumento del impuesto aplicado a los combustibles de todo el país para amortiguar el impacto de la inflación de noviembre, mediante el Decreto 1305/2026, publicado en el Boletín Oficial.

El Poder Ejecutivo trasladó su aplicación del 1° de noviembre al próximo 1° de diciembre.

La norma indicó que la prórroga fue dispuesta "con el propósito de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible".

La medida modifica el Decreto 617/2025 y sus sucesivas prórrogas, que venían difiriendo los incrementos correspondientes al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Impuesto al Dióxido de Carbono para distintos tipos de combustibles.

Técnicamente, el texto sustituye "en el inciso i. del primer párrafo" y "en el segundo párrafo" del artículo 1° del Decreto N° 617 del 28 de agosto de 2025 y sus modificatorios, la expresión “desde el 1° de noviembre de 2026, inclusive”, por “desde el 1° de diciembre de 2026, inclusive”.

La normativa abarca a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.

Según el texto oficial, la postergación alcanza a los incrementos pendientes derivados de las actualizaciones correspondientes a los años calendario 2024 y 2025, y al primer y segundo trimestre de 2026, y evita que se implementen al menos durante noviembre.

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