El Gobierno nacional dispuso reducir las tasas de interés resarcitorias, punitorias y de devolución que deben pagar los contribuyentes.
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SUSCRIBITELos nuevos valores empezarán a tener efecto a partir del 1 de julio.
El Gobierno nacional dispuso reducir las tasas de interés resarcitorias, punitorias y de devolución que deben pagar los contribuyentes.
Lo hizo mediante la Resolución 823/2025, publicada en el Boletín Oficial.
La tasa de interés resarcitoria en pesos, que se aplica cuando un contribuyente paga fuera de término, se redujo del 4% al 2,75% mensual.
Mientras que la tasa punitoria, que se aplica a las deudas en instancia judicial o con intimación previa, bajó del 5% al 3,5% mensual.
Por su lado, la tasa de devolución en pesos, que corresponde cuando el Estado debe devolver fondos a los contribuyentes (por ejemplo, en saldos a favor), disminuyó de 0,75% a 0,5% mensual.
Los nuevos valores formalizados entran en vigencia desde este 25 de junio pero tendrán efecto a partir del 1 de julio.
Los actuales porcentajes no se aplican de forma retroactiva, por lo que para el pago de obligaciones con vencimiento previo a esta modificación rige las tasas fijadas para el período correspondiente.
El texto oficial especificó que “para la cancelación de las obligaciones con vencimiento previo a la fecha de entrada en vigencia de la norma, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos que estos alcancen”.
Desde el Poder Ejecutivo mencionaron que “la norma se dicta en el marco de la importante desaceleración de la tasa de inflación a partir de las medidas implementadas para ordenar la economía”.
Este factor fue destacado por el ministro de Economía, Luis Caputo, al compartir la noticia en su cuenta de X.
“El Gobierno Nacional continúa bajando las tasas de interés y evitando fluctuaciones que dificultaban la previsión para contribuyentes y operadores aduaneros”, concluyó la norma.