La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó una actualización integral del régimen de grandes contribuyentes que suma control sobre ese universo y además le da más poder a la Dirección General Impositiva (DGI).
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SUSCRIBITEAhora, la inspección pasa a ser controlada por la DGI.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó una actualización integral del régimen de grandes contribuyentes que suma control sobre ese universo y además le da más poder a la Dirección General Impositiva (DGI).
Lo hizo a través de la Resolución General 5670/2025, publicada en el Boletín Oficial.
La norma dispone que estos contribuyentes pasen a estar bajo la órbita de control de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes, dependiente de la DGI.
La norma modifica los criterios de segmentación de los aportantes.
Mientras que el régimen anterior se basaba en criterios generales genéricos como "importancia" o "sector económico" u “otras condiciones específicas”, la nueva resolución precisa parámetros cuantificables y trazables.
Los criterios son:
_Obligaciones impositivas activas
_Declaraciones juradas presentadas
_Volumen de ventas y/o exportaciones
_Nivel de empleo
_Movimientos de fondos
_Operaciones con divisas
_Tenencia de bienes
_Vinculaciones comerciales y/o societarias
_Capacidad operativa de la unidad que administre el segmento
El padrón de grandes contribuyentes será revisado obligatoriamente cada dos años, con posibilidad de realizar incorporaciones extraordinarias de hasta un 10% del total de contribuyentes, siempre que haya razones fundadas.
El tributarista Sebastián Domínguez remarcó que se incluirá de forma automática en el padrón de grandes contribuyentes a los siguientes sujetos:
_Obligados a presentar el Informe País por País (RG 4130)
_Sujetos con determinación conjunta de precios de transferencia
_Contribuyentes en actividades de alta complejidad
_Vehículos de Proyecto Único (VPU) y sociedades que los integren (RG 5590)
“Esto implica que ciertas estructuras reciben seguimiento intensificado por su potencial riesgo fiscal”, señaló el especialista.
Las notificaciones con la incorporación o desafectación del padrón se efectuará mediante acto administrativo emitido por la DGI y se notificará a través del Domicilio Fiscal Electrónico o los medios del artículo 100 de la Ley 11.683.