La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está estudiando poner en marcha medidas relacionadas con las deudas de las PyMEs.
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SUSCRIBITEEl Gobierno analiza una nueva medida relacionada a la moratoria fiscal.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está estudiando poner en marcha medidas relacionadas con las deudas de las PyMEs.
Asimismo, el Gobierno evalúa una nueva medida consecuente para las moratorias.
En enero pasado, Florencia Misrahi, emitió una Resolución General que posterga una medida implementada por el ex ministro de Economía, Sergio Massa.
La decisión fue extender hasta el 31 de julio de 2024 las ejecuciones fiscales y los embargos a las PyMEs al igual que entidades sin fines de lucro, los pequeños contribuyentes y los del sector de la salud.
Una fecha próxima a cumplirse que se extendería hasta el 31 de diciembre de 2024.
La postergación se trata de un pedido que le hicieron las PyMEs especialmente al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, en el contexto económico actual.
AFIP aún no confirmó la postergación debido a que podría desincentivar el Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social que se aprobó en la Ley 27.743.
A través de este mecanismo se podrían saldar deudas con fecha hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive con diferentes programas de pago, que forman parte del flujo de ingresos para el Gobierno.
En la tabla que compartió el Ministerio de Economía en diciembre, con el objetivo de déficit cero en 2024, se pretendía una recaudación del 0,5% del Producto Bruto Interno (PBI) por parte de la moratoria, el blanqueo y los cambios en Bienes Personales.
Desde el Gobierno estarían evaluando otra medida: la posibilidad de modificar la fecha de corte para la nueva moratoria.
Se trato de un pedido del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires presidido por Gabriela Russo.
Así fue requerido por carta a la Subsecretaría de Ingresos Públicos dirigida por Claudia Balestrini y que también llegó hasta la AFIP, para que se extienda el período.
"Sería oportuna una adecuación normativa que extienda el lapso de las obligaciones comprendidas", indica la misiva.
Y resalta: "La solicitud se funda en el entendimiento que la intención del legislador al establecer la fecha límite el 31 de marzo de 2024 era la vigencia de esta norma para la primera etapa del año en curso, sin embargo, el trámite legislativo se extendió hasta finales del mes de junio".