La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) simplificó la inscripción al “Régimen de Transportistas de Hidrocarburos con Beneficios”.
Para continuar, suscribite a Somos Pymes. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.
SUSCRIBITETambién se sustituyó el “Registro de Entidades Auditoras de Seguridad, Técnicas y Ambientales”.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) simplificó la inscripción al “Régimen de Transportistas de Hidrocarburos con Beneficios”.
Lo hizo mediante la Resolución General 5757/2025 publicada en el Boletín Oficial.
Los transportistas de hidrocarburos exentos total o parcialmente, y/o alcanzados por beneficios de reducción impositiva, dejarán de tener que acreditar la inscripción en el “Registro Único del Transporte Automotor” (R.U.T.A.) para incorporarse al mencionado régimen.
La decisión se vincula a la eliminación del citado registro en diciembre del año pasado.
Ya no tenía razón de ser la exigencia del requisito al momento de completar la inscripción al régimen informativo.
La norma también sustituyó el “Registro de Entidades Auditoras de Seguridad, Técnicas y Ambientales”.
Y actualizó algunas referencias normativas, “con el objeto de facilitar a los responsables la inscripción en el ‘Régimen de Transportistas de Hidrocarburos con Beneficios’”.
Nación modificó la Resolución General 4775/2020, por la cual se implementó el régimen, en función del mandato que el Poder Ejecutivo Nacional le encomendó a ARCA al solicitarle “la simplificación de la normativa relacionada con los regímenes informativos y otros a su cargo”.
Con esta medida, las autoridades esperan incentivar la regularización del transporte de hidrocarburos y fomentar una mayor adhesión al régimen de beneficios.
El sector, clave para la logística energética del país, venía reclamando desde hace tiempo una reducción en los trámites y requisitos administrativos.
