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Exportadores de servicios podrán cobrar en dólares sin límite

No tendrán la obligación de liquidarlos a pesos.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 23 de septiembre de 2025 - 13:17

Los residentes en Argentina que facturan servicios al exterior podrán cobrar en dólares sin límite de monto y sin obligación de liquidarlos a pesos.

Los dólares de los exportadores de servicios

La medida, que se pondrá en marcha desde el 18 de septiembre, deja sin efecto el tope anual de US$ 36.000 que regía hasta ahora para ingresar dinero desde el exterior por la prestación de un servicio sin necesidad de ser liquidado en el mercado de cambios oficial.

Con esta eliminación, las personas humanas podrán usar el mecanismo de excepción que las obligaba a la liquidación de los cobros de exportaciones de servicios sin límite de monto.

Los freelancers, programadores, traductores y todas las personas que exportan servicios podrán cobrar honorarios en dólares del exterior sin restricción de importe y mantenerlos en cuentas bancarias en moneda extranjera, sin obligación de convertirlos a pesos.

La autoridad monetaria también estableció que “las entidades no podrán cobrar comisiones en aquellas operaciones concretadas por personas humanas residentes que impliquen la acreditación de ingresos de divisas del exterior a las cuentas abiertas por el cliente en moneda extranjera”.

Aunque aclaró que “ello sin perjuicio del traslado al cliente de los cargos que pudieran corresponder por los servicios prestados por las entidades del exterior intervinientes en la transferencia debidamente documentados y que sólo podrán ser transferidos al costo a los usuarios”.

La normativa mantiene la obligación de ingresar las divisas al país dentro de los 20 días hábiles posteriores a su percepción en el exterior o acreditación en cuentas fuera de la Argentina.

Sin embargo, los dólares ingresados ya no deberán liquidarse al tipo de cambio oficial ni existe un tope máximo para conservarlos.

Actividades alcanzadas por la norma

_Mantenimiento y reparaciones

_Servicios de construcción

_Servicios de telecomunicaciones

_Servicios de informática

_Servicios de información

_Cargos por el uso de la propiedad intelectual

_Servicios de investigación y desarrollo

_Servicios jurídicos, contables y gerenciales

_Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública

_Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos

_Servicios relacionados con el comercio

_Otros servicios empresariales

_Servicios audiovisuales y conexos

_Otros servicios personales, culturales y recreativos

_Otros servicios de salud

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