Las facturas y comprobantes ya no podrán incluir cargos ajenos a los bienes y servicios contratados, por lo que no se podrán incluir otros cargos como tasas e impuestos.
En marcha la prohibición de tasas e impuestos en boletas de servicios públicos
La resolución publicada el 10 de septiembre otorgaba 30 días a las empresas para que se ajusten a la nueva norma.
La medida empieza a regir en el contexto del rechazo del Gobierno a las tasas municipales que se aplican en el país, especialmente en provincia de Buenos Aires y La Pampa.
Prohibición de tasas e impuestos en los servicios públicos
La Resolución 267/24 de la Secretaría de Comercio publicada el 10 de septiembre otorgaba 30 días a las empresas para que se ajusten a la nueva norma que se cumplen este viernes.
La norma contiene a las empresas de servicios públicos de todo el país y a quienes comercializan bienes.
Sólo podrán incluir en sus facturas única y exclusivamente la descripción y el precio correspondiente al servicio.
En caso de incumplimiento, los consumidores podrán denunciar las irregularidades a través de la casilla de correo electrónico denunciatufactura@comercio.gob.ar.
Presión tributaria
El Gobierno advirtió que las empresas que no cumplan con la normativa podrán ser multadas.
La norma de Comercio se complementa con las resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) publicadas esta semana, en las que se prohíbe incluir en las facturas conceptos ajenos a los servicios prestados.
La decisión de la Secretaría de Industria y Comercio surge como respuesta a las reiteradas denuncias públicas sobre municipios y gobiernos provinciales que incluyen tasas locales e impuestos que no corresponden a la facturación de servicios esenciales.
La decisión fue respaldada por asociaciones de consumidores de todo el país que manifestaron la necesidad de terminar con estos cobros indebidos, que encarecen el valor total de la factura.