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Presión impositiva

No se podrán aplicar tasas municipales en las facturas de Edenor y Edesur

Una medida del ENRE impide que se apliquen conceptos ajenos al servicio de luz en las boletas.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 8 de octubre de 2024 - 10:45

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) dispuso dejar sin efecto la autorización para aplicar conceptos ajenos al servicio de luz, como las tasas municipales, en las facturas de Edenor y Edesur.

Tasas municipales en las facturas de la luz

La normativa determinó que “corresponde dejar sin efecto toda autorización que haya sido otorgada por este Ente, en orden a que se incluya en las facturas que emiten Edenor S.A. y Edesur S.A. por el servicio de distribución de energía eléctrica que prestan, conceptos a cobrar ajenos a dicho servicio de carácter federal”.

Al respecto, el ENRE recordó que entre 1996 y 1997 se establecieron “oportunamente las condiciones en que debía incorporarse el cobro de la tasa de alumbrado público municipal en las facturas de los usuarios de las distribuidoras”, lo que ahora dejará de estar vigente.

La medida se vincula a la Resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio, mediante la cual hace un mes se estipuló que las facturas “deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio”.

La nueva reglamentación aclaró que “a la luz de la normativa sancionada por la Secretaría de Industria y Comercio, debe entenderse que estas tasas dispuestas por normas locales resultan ajenas al servicio al que refieren esas facturas, el cual es controlado y regulado por un organismo de carácter federal, como es el ENRE, que se rige y aplica normativa de igual carácter”.

De esta manera, las distribuidoras energéticas que operan en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) podrán facturar únicamente conceptos afines a la prestación del servicio eléctrico.

Medida cautelar contra las tasas municipales

Hace unas semanas, la Justicia dictó una medida cautelar en favor del Banco de la Nación Argentina (BNA) y en contra del municipio de General Deheza.

Esto se debe al cobro de tasas municipales que llevaron a que la entidad debiera pagar “un monto insólito que superó el millón de dólares” en diciembre del 2023.

El Juez Federal de Río Cuarto, Jorge Aníbal Pinto, dictó la medida en favor del BNA.

Asimismo, determinó la suspensión del cobro de los tributos municipales, informó el banco a través de un comunicado de prensa.

La acción judicial había sido solicitada por la entidad pública alegando la inconstitucionalidad de las tasas municipales que cobra General Deheza.

Según la empresa financiera, desde el 2019, “la Municipalidad empezó a ampliar la base imposible con la cual reclama el tributo municipal asimilándolo a Ingresos Brutos”.

En ese marco, “la Institución decidió reclamar la devolución de los montos excesivos abonados” desde 2019.

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