El Gobierno nacional postergó una parte de los aumentos en los impuestos a los combustibles que debían entrar en vigencia el 1 de marzo.
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El Gobierno nacional postergó una parte de los aumentos en los impuestos a los combustibles que debían entrar en vigencia el 1 de marzo.
De esta manera, la actualización completa de los tributos pendientes de los años 2024 y 2025 se trasladó para el mes de abril.
La medida se puso en marcha a través del Decreto 116/2026, publicado en el Boletín Oficial.
Durante marzo, se aplicará un ajuste parcial en el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC).
Para las naftas (sin plomo y virgen), el alza será de $17,385 por ICL y $1,065 por IDC.
En el caso del gasoil, el incremento será de $14,884 por ICL y $1,696 por IDC, con un monto diferencial de $8,059 para la zona de influencia de la Patagonia y otras regiones específicas.
La norma aclaró que “el objetivo de diferir estos incrementos es continuar estimulando el crecimiento de la economía mediante un sendero fiscal sostenible”.
De esta manera, se modifica lo previsto anteriormente en el Decreto 617/2025, que establecía la aplicación de los aumentos remanentes para el inicio de marzo.
Según el cronograma establecido, el incremento total de los montos impositivos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil surtirá efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1 de abril de 2026.
El decreto aclaró que estos valores corresponden a las actualizaciones que la Ley 23.966 prevé de manera trimestral con base en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
No obstante, la aplicación de estos incrementos experimentó postergaciones en diversas ocasiones durante 2024 y 2025, lo que generó ajustes acumulados que ahora se dosifican.
La actualización parcial de marzo afecta tanto a los combustibles líquidos como a las regiones que cuentan con tratamientos diferenciales, como la Patagonia y otras zonas incluidas en la normativa vigente.
En esos casos, el aumento para el gasoil incorpora un monto diferencial, lo que refleja la política de segmentación en la aplicación de tributos.

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