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VTV

Avanzaron con los cambios en la Verificación Técnica Vehicular

Se habilitó a cualquier taller con capacidad técnica a realizar la revisión.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 31 de julio de 2026 - 12:04

El Poder Ejecutivo confirmó los cambios al sistema de Verificación Técnica Vehicular (VTV) al eliminar la obligación de utilizar centros de verificación específicos y habilitar a cualquier taller o empresa con capacidad técnica demostrada a realizar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de vehículos particulares y de transporte.

Cambios en la VTV

El Gobierno aprobó las modificaciones al Decreto 779/1995, reglamentario de la Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial.

Se trata de la implementación reglamentaria de la Resolución 32/2026 de la Secretaría de Transporte -publicada en el Boletín Oficial del 24 de julio-, que había creado el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos y habilitado a inscribirse a cualquier taller con capacidad técnica.

El Decreto 689/2026 corrige el artículo 34 del Decreto 779/1995 -que regulaba el sistema de VTV- para incorporar ese nuevo esquema a la norma reglamentaria de la Ley de Tránsito, completando la cadena normativa.

También cambia los artículos del Decreto 779/1995 que regulan los requisitos técnicos que deben cumplir los vehículos para la revisión y actualiza los estándares de emisiones y condiciones mecánicas conforme a las normas internacionales vigentes en la materia.

Los plazos de la RTO quedan fijados en el nuevo esquema: vehículos particulares de hasta diez años de antigüedad, cada dos años; vehículos particulares de más de diez años, en forma anual; vehículos de transporte de pasajeros y carga, en forma semestral.

La Subsecretaría de Transporte Automotor de la Secretaría de Transporte tendrá a cargo la supervisión del Registro Nacional de Talleres y el control de calidad de las inspecciones realizadas.

Los talleres inscriptos tendrán obligación de transmitir los resultados de cada inspección a la base de datos del sistema en tiempo real, condición indispensable para mantener la habilitación.

Práctica de la normativa

La principal modificación consiste en dejar de exigir que las revisiones se realicen exclusivamente en centros específicos.

A partir de la reforma, podrán hacerlo talleres o empresas que cuenten con la capacidad técnica necesaria y se inscriban en el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.

La medida busca ampliar la oferta de lugares disponibles para realizar el trámite y reducir demoras y distancias para los conductores.

Los talleres deberán transmitir en tiempo real los resultados de cada inspección a la base de datos del sistema nacional para mantener su habilitación.

El nuevo esquema también establece que los vehículos particulares de hasta diez años de antigüedad deberán realizar la revisión cada dos años, mientras que los que tengan más de diez años deberán hacerlo anualmente.

En el caso de los vehículos de transporte de pasajeros y de carga, la periodicidad será semestral.

Pese a la formalización de los cambios a nivel nacional, la Provincia de Buenos Aires mantiene su postura de no adherir a la reforma.

El Ministerio de Transporte bonaerense cuestionó en múltiples oportunidades las modificaciones impulsadas por el Gobierno nacional y ratificó la decisión de la Provincia de mantener los estándares de control vigentes.

El área advirtió que la desregulación podría aumentar las irregularidades y generar competencia desleal.

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