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Incentivos fiscales

Prorrogaron los incentivos fiscales para fabricantes de bienes

23 de octubre de 2013 - 17:46

El Gobierno extendió la entrega de beneficios fiscales para empresas que fabrican bienes de consumo en la Argentina, pero puso como condición que al menos conserven la misma planta de trabajadores hasta 2014.

El régimen de incentivo fiscal para fabricantes de bienes fue renovado hasta el 31 de diciembre de este año y las empresas beneficiadas deberán informar la cantidad de empleados debidamente registrados mediante una declaración jurada.

El Decreto 1591/2013 comunicó que el Gobierno Nacional continúa asignando "prioritaria importancia" al proceso de reindustrialización iniciado en 2003 y agrega que la inversión en capital productivo conlleva el aumento de la competitividad de la industria y de la economía.

"Simultáneamente coadyuva a consolidar el desarrollo de la industria local productora de bienes de capital", expresan los considerandos del decreto que prorrogó el plazo de vigencia del Régimen de Incentivo Fiscal para fabricantes de los bienes (Decreto Nº 379/01 y sus modificaciones).

El decreto fue rubricado por el vicepresidente, en ejercicio del Poder Ejecutivo, Amado Boudou, del Jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina y de los ministros de Economía, Hernán Lorenzino y de Industria, Débora Giorgi.

El Ejecutivo nacional se encargó de resaltar que la industria de bienes de capital es un sector estratégico para el desarrollo económico y al ser proveedora de todas las cadenas productivas, su progreso técnico impacta positivamente en la competitividad de la economía del país.

Según el decreto, en el marco del "Plan Estratégico Industrial Argentina 2020" se generaron los consensos necesarios para continuar con los lineamientos estratégicos necesarios para el desarrollo del sector, a través del aumento de la producción de dichos bienes, la defensa y consolidación del mercado interno, la potenciación de exportaciones y el logro de una mayor participación nacional en el consumo doméstico.

En virtud de ello se prorroga plazo de vigencia de dicho Régimen hasta fin de año y se sustituye el inciso a) del Artículo 1° del Decreto Nº 594/04, a fin de ajustar lo allí requerido a las nuevas condiciones emergentes de la prórroga dispuesta. La modificación consiste en que se deberá informar con carácter de declaración jurada la cantidad de trabajadores en relación de dependencia, debidamente registrados.

Otra declaración jurada en los mismos términos, deberá presentarse al día 31 de diciembre de 2013, asumiendo el compromiso por escrito y con participación de la asociación sindical signataria del convenio colectivo vigente, a no reducir la plantilla de personal teniendo como base de referencia el mayor número de empleados registrados durante el mes de diciembre de 2011, ni aplicar suspensiones sin goce de haberes.

El Decreto comenzará a regir a partir del miércoles 23 de octubre, día de su publicación en el Boletín Oficial, estableciéndose que los efectos resultantes de sus disposiciones se aplican a partir del día 1 de julio de 2013.

En los considerandos, el decreto detalla que dicho régimen consiste en mejorar la competitividad de la industria local productora de bienes de capital a fin de que pueda participar en condiciones equitativas en la provisión de tales bienes, promoviendo así su fabricación nacional.

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