La Secretaría de Energía prorrogó hasta fin de año la reducción del 50 por ciento en los cargos aplicados por las demoras en los pagos de operaciones del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
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SUSCRIBITELa Secretaría de Energía prorrogó hasta fin de año la reducción del 50 por ciento en los cargos aplicados por las demoras en los pagos de operaciones del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
Mediante la resolución 148/2020, publicada en el Boletín Oficial, se destacó que la emergencia sanitaria y el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) "han producido un impacto visible en la actividad comercial de los agentes del MEM", que son las productoras, transportadoras, distribuidoras y grandes usuarios de energía eléctrica.
De acuerdo a la reglamentación oficial, la falta de pago íntegro y en término de los montos facturados en el proceso de cobranza y liquidación correspondiente a la operación del MEM, obligará al deudor al pago de un recargo calculado sobre el monto de la deuda vencida e impaga del 3% desde el primero hasta el quinto día de mora inclusive, del 7% desde el sexto día hasta el décimo de mora inclusive, y del 10% desde el día 11.
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Además, una resolución de septiembre de 2019 de la ex Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico estableció que la falta de pago íntegro y en término de los montos facturados a los agentes del MEM obligará al deudor al pago de un recargo del 1% por cada día de atraso, calculado sobre el monto de la deuda vencida e impaga.
Sin embargo, una segunda normativa de 2019 determinó hasta el 30 de abril de 2020 la reducción del 50% de los recargos a los agentes del MEM.
Ahora la nueva resolución consideró que "en virtud del impacto que las medidas de aislamiento dispuestas han tenido en la actividad comercial de los grandes usuarios y distribuidores, resulta conveniente reducir la carga económica y financiera de los recargos".
Más detalles en: https://bit.ly/2E5B4oA