Prorrogan la obligación de empresas de facturar el menor consumo en tres años
1 de julio de 2020 - 11:42
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Prorrogan la obligación de empresas de facturar el menor consumo en tres años
El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) extendió por 60 días más la obligación de que las distribuidoras de gas por redes estimen el consumo de sus usuarios para emitir las respectivas boletas, utilizando como parámetro el menor registro del mismo período de los últimos tres años.
Lo hizo a través de la resolución 145/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que extendió lo establecido por la 35/2020 del 30 de abril último.
Se trata de la nueva modalidad de medición estimada que deben adoptar las prestadoras del servicio de distribución de gas por redes, en el contexto del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
"En los casos en que estimen consumos conforme el Reglamento del Servicio de Distribución, las prestadoras deben realizar esa estimación utilizando el menor registro de consumo correspondiente al mismo periodo de 2017, 2018 y 2019 para los usuarios residenciales y aquellos no residenciales que se hayan visto imposibilitados de utilizar los mecanismos previstos", subrayó el Enargas.
El reglamento del servicio de distribución establece que las licenciatarias podrán estimar el volumen de gas suministrado al usuario, cuando por distintas circunstancias no se pueda acceder a la lectura del medidor y remitir al usuario una factura con consumo estimado.
"Cuidaremos así que no tengan ninguna recarga en las facturas de mayor consumo, como son las de invierno", aseguró el interventor del Enargas, Federico Bernal.