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Software

Acerca del software y los derechos del usuario

21 de junio de 2019 - 11:24

¿De qué hablamos cuando nos referimos a alterar o modificar software? ¿Qué derechos se pueden ver afectados por la imposibilidad de modificación? ¿Qué derechos se ven protegidos por la imposibilidad de modificación? ¿Qué derechos se adquieren con una licencia de software?

Para responder a los interrogantes planteados resulta esencial responder dos preguntas orientadas a delimitar dos conceptos claves: qué es un software y qué es una modificación de software.

¿Qué es un software?

Una definición presente en casi todos los ordenamientos legales es que se trata de un “conjunto de instrucciones para ser usadas directa o indirectamente en un computador a fin de efectuar u obtener un determinado proceso o resultado, contenidas en un cassete, diskette, cinta magnética u otro soporte material”.

Como podemos apreciar, la definición de software (o programa computacional, en español) se centra no tanto en el efecto que produce en la máquina donde se utiliza (refiere de forma genérica a un “determinado proceso o resultado”), como en el soporte material donde se almacena ese conjunto de instrucciones.

Esa definición legal no parece suficiente, en la medida en que no explica técnicamente los efectos que tiene un software sobre una máquina.

Por eso, es necesario complementar la definición legal con algunas especificaciones mayores como las siguientes:

_El software son los programas de cómputo y la documentación asociada, es decir documentos que describen la estructura, la documentación de usuario y los manuales de uso.

_El software es el conjunto de programas que dirigen el funcionamiento de un computador: sistema operativo, programa de usuario, etc. Se ve que no hay énfasis en el soporte físico.

Al decir “software” no nos estamos refiriendo a un concepto único.El software, como concepto, se puede dividir en varios tipos. La distinción más básica es entre software del sistema, que es el necesario para administrar y mantener los recursos del computador de una forma eficiente y el software de aplicación, que son los programas específicos que usan los recursos del computador.software

Otra distinción es entre:

_Aplicaciones independientes.
_Aplicaciones interactivas basadas en transacción.

Las primeras son programas que se ejecutan localmente, en la misma máquina donde se utilizan, y no requieren conexión a una red. Por ejemplo, el bloc de notas de Windows.

Las segundas son aplicaciones que se ejecutan remotamente y que los usuarios acceden desde su PC o terminales. En este tipo de aplicaciones se incluyen aplicaciones web y sistemas empresariales, donde una organización brinda acceso a sus sistemas a través de un navegador web o un programa de cliente de propósito específico y servicios basados en la nube. Un ejemplo de este tipo de aplicaciones podría ser Gmail, el servicio de correo electrónico de Google, al que accedemos a través de un navegador, o también la red social Facebook, que también se accede a través de un navegador.

Respecto de esta última categoría de software se ha acuñado la expresión “software como servicio” (en inglés software as a service o SaaS), consistente en que los usuarios arriendan o “toman prestado” un software que se ejecuta en línea, en lugar de comprarlo e instalarlo en su propio computador. Todo el trabajo de procesamiento de los datos se realiza remotamente, y al usuario le llegan a su terminal los datos ya procesados. El método más frecuente de acceso es vía internet.

El SaaS  va más allá de ser un simple tipo de software, se ha transformado en un modelo de negocio para las grandes compañías productoras de programas computacionales, porque presenta ventajas como la centralización del software en sus propios servidores, por lo que es más fácil el diagnóstico de fallas y el soporte técnico a los usuarios. Asimismo, de cara a los usuarios, el software se presenta listo para usar y actualizado.

Otra distinción muy conocida en el mundo del software es la distinción entre software libre y software propietario.

Software libre, software abierto

El software libre (en inglés free software) no tiene una definición unívoca, puesto que en inglés free significa tanto libre como gratis, pero el software libre no necesariamente tiene que ser gratuito. El software libre se enmarca dentro de un movimiento que tiene distintas ramificaciones, pero que en general concede cuatro libertades a los usuarios:

_Libertad 0: ejecutar y usar el software para cualquier propósito
_Libertad 1: estudiar el programa y adaptarlo a las necesidades
_Libertad 2: distribuir copias
_Libertad 3: modificar el programa y liberar esas modificaciones al público

También se puede distinguir entre el software libre en sentido estricto y el software de código abierto.

El software libre en sentido estricto es el que contiene esas cuatro libertades fundamentales y propugna su mantenimiento a través de las modificaciones o trabajos derivados. Se relaciona con el origen del movimiento del software libre, con la Free Software Foundation (FSF) y Richard Stallman, uno de los principales activistas del software libre a nivel mundial.

La forma que usa la FSF para mantener libre el software es a través de la licencia GNU GPL (General Public License), cuyos términos no permiten a los distribuidores añadir a su licencia cualquier restricción adicional a las de la licencia original. Esto se conoce como copyleft, y obliga a los usuarios a continuar con la cadena de distribución abierta.

La FSF defiende la idea de que el único software libre es el que se distribuye utilizando una licencia GPL, y por tanto el software de código abierto no sería un verdadero software libre.

El software de código abierto nació en 1998 como una escisión del software libre propugnado por la FSF, para superar la actitud conflictiva que se había asociado con el software libre en el pasado y acercar más el concepto al mundo empresarial.

Tal como su nombre lo indica, en este tipo de software el código fuente es abierto a cualquier persona que lo quiera ver, estudiar, modificar o distribuir, pero las licencias mediante las que se distribuye no obligan al desarrollador a mantener esas mismas libertades. Así, podría por ejemplo cerrar el código de modificaciones futuras y entregar solo una licencia de uso, y que esta sea pagada.

Software propietario

Por otro lado, el software propietario también tiene múltiples acepciones. En primer lugar, se puede entender como aquel software que es propiedad legal de una parte, donde el código fuente no está disponible y su uso está condicionado bajo términos contractuales (es decir, en una licencia de uso de software).

Otra acepción dice relación con la disponibilidad del código fuente, estableciendo que es software propietario aquel cuyo código está cerrado, y se licencia bajo exclusivo derecho del titular del copyright.

Una tercera acepción remarca el carácter comercial (y oneroso) del software propietario, estableciendo que es un software comercial donde el núcleo es mantenido en secreto por el desarrollador, los usuarios tienen que pagar un precio por el uso, y no tienen el derecho de distribuir el software ni de modificarlo.

La FSF entiende el software propietario (o como lo denominan ellos, privativo) como “el software que no es libre”, definiendo este último como el software donde “Está prohibido su uso, redistribución o modificación, o requiere que se solicite permiso, o tiene tantas restricciones que de hecho no se puede hacer libremente.” Distinguen entre varios tipos de software privativo.

_Freeware, que es aquel software en donde se permite la redistribución pero no la modificación, y donde el código fuente no está disponible.

_Shareware, donde se permite la redistribución pero quien continúa utilizando una copia debe pagar por la licencia (y establecen que el shareware tampoco es software libre, porque su código fuente no está disponible y no se puede modificar, y porque el software “no viene con permiso para hacer una copia e instalarlo sin pagar la licencia, ni siquiera para personas que participan en actividades sin fines de lucro”).

_Software privado, que es aquel que ha sido desarrollado para un usuario y este lo mantiene y lo utiliza, sin publicarlo.

_Software comercial, aquel que es desarrollado por una empresa como parte de su actividad comercial.

Se puede apreciar que la visión tradicional contrapone software libre y software propietario, entendiendo que el primero entrega más libertades al usuario, mientras que el segundo las retiene el desarrollador del software.

Software por encargo, desarrollo propio

Otra distinción que se puede hacer, ya no estrictamente técnica pero que sí puede tener relevancia para este artículo, es entre el software hecho por encargo y el software adquirido de un tercero sin encargo o desarrollado para un uso propio.

El software desarrollado para uso propio o adquirido sin encargo es equiparable a la definición de software privado, o de software comercial que hace la FSF, según sea el caso.

Es decir, sería un software que realiza un desarrollador para su uso particular, o alguien que adquiere un software “estándar” de parte de un tercero para darle un uso no aplicado a una tarea específica, sino que es un software de propósito general.

El software hecho por encargo es aquel software que una persona natural o jurídica encomienda a otra su realización. Normalmente, esta relación formal va a estar mediada por un contrato de software por encargo.

Esta distinción es importante desde el punto de vista de la Propiedad Intelectual, porque hay legislaciones que establecen que el derecho de autor de los programas computacionales será cedido a quien lo encargó.

Resumen

Un software es el conjunto de instrucciones, expresado tanto en un código fuente como en código máquina, que sirve de soporte lógico al hardware donde está instalado, esto es, dirige su funcionamiento e incorpora las funciones que se va a poder realizar con ese hardware.

Ya sea un computador doméstico, un teléfono inteligente, maquinaria industrial o el computador central de un vehículo autónomo, el hardware no puede funcionar correctamente sin uno o más softwares.

Fuente: Universidad de Chile, Facultad de Derecho. Reconocimiento legal en Chile de la modificación de software para proteger los derechos de los usuarios. Autor: Samuel Emilio Antonio Morales Pimentel.

Fuente: www.evaluandosoftware.com

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