Se trata de una medida del Gobierno nacional para promover una mayor participación de la industria nacional.
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SUSCRIBITESe trata de una medida del Gobierno nacional para promover una mayor participación de la industria nacional.
De esta manera, los proyectos adjudicados en las rondas 1 y 1,5 del Programa RenovAr, que no hayan superado las fechas programadas de llegada de equipos o de habilitación comercial, podrán acceder a los beneficios fiscales establecidos recientemente para la ronda 2 actualmente en curso.
Las empresas titulares de esos proyectos tendrán la opción de adherirse en forma voluntaria a tales ventajas hasta el próximo día 21.
Así quedó establecido mediante la resolución 437/E del Ministerio de Energía y Minería, publicada en el Boletín Oficial.
El objetivo de la medida es extender la aplicación de lo dispuesto en la resolución conjunta 1 de las carteras de Energía y de Producción, de fines de septiembre pasado, que alienta al sector fabril local y la radicación de nuevas empresas para abastecer el mercado nacional de energías renovables y la exportación, con bienes de alto valor agregado y nuevas fuentes de trabajo.
A tales fines, la norma ajustó los criterios técnicos aplicables para determinar el carácter nacional de los bienes, y el porcentaje de integración del componente local declarado.
Según la nueva resolución, resulta conveniente extender el nuevo régimen de cómputo de componente nacional a todos los proyectos de inversión en generación eléctrica de fuente renovable que resultaron adjudicatarios, y a quienes fueron invitados a celebrar contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable.
La posibilidad de adhesión al nuevo esquema queda supeditado a que los precios obtenidos en la Ronda 2 sean inferiores a los de los proyectos ya adjudicados.
Más detalles en: https://goo.gl/qodJvN