En un plenario de comisiones, la Cámara de Diputados analizó la iniciativa que impone un régimen de responsabilidad penal para personas jurídicas por delitos de corrupción y sobornos transnacionales en perjuicio del país.
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SUSCRIBITEEn un plenario de comisiones, la Cámara de Diputados analizó la iniciativa que impone un régimen de responsabilidad penal para personas jurídicas por delitos de corrupción y sobornos transnacionales en perjuicio del país.
En medio de la polémica por el convenio del Gobierno con el Correo Argentino, el presidente Mauricio Macri había solicitado durante la Asamblea Legislativa tratar el proyecto con el fin de sancionar a empresas por delitos de corrupción que afecten el patrimonio del Estado.
En un plenario de las comisiones de Legislación Penal y Legislación General, distintos expertos vinculados al derecho penal y comercial aportaron sus perspectivas respecto de esta iniciativa que busca adecuar la legislación argentina a los compromisos internacionales firmados con organismos como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
"Es una deuda que tiene el país con organismos internacionales, especialmente con OCDE, para poder introducirnos en el mercado económico. Es una forma de posicionarnos frente al mundo con reglas claras en el manejo de las personas jurídicas en donde le vamos a dar la responsabilidad penal, independientemente de las personas físicas que integran la misma", destacó la presidenta de la comisión de Legislación Penal, Gabriela Burgos.
En lo que refiere a legislación comparada, diversos países como España, Francia, Estados Unidos, Chile, Brasil, Colombia y México cuentan con normativa que incorpora un régimen de responsabilidad penal para personas jurídicas.
El proyecto contempla sanciones que comprenden desde multas económicas, hasta suspensión provisoria o definitiva de la personería jurídica, suspensión de la actividad, patentes o marcas hasta 10 años, pasando por la imposibilidad de acceder a licitaciones, pérdida de subsidios, y la publicación total o parcial de sentencia condenatoria por dos días en dos diarios de circulación nacional.
La normativa consigna criterios para definir la imputación de una persona jurídica, como por ejemplo la existencia de programas de "compliance", y si la empresa se vio favorecida a raíz del delito o si el hecho fue en beneficio propio del autor de dicha acción.
Por otra parte, se establece la "responsabilidad solidaria" de sociedades controlantes y la "responsabilidad sucesoria" en aquellos casos en que la persona jurídica se reestructure (fusiones, escisiones, etcétera).
"Es una transformación y una nueva visión que tiene que ver con la posibilidad de que las personas jurídicas organicen sus procesos internos, apliquen acciones para la detención temprana de posibles maniobras delictivas que puedan llegar a desenvolverse dentro de las mismas", subrayó Burgos, que pretende llevar la iniciativa al recinto en el mes de abril.
El juez de la Cámara de Casación Penal Mariano Borinsky valoró la iniciativa del Congreso para discutir un proyecto de responsabilidad penal, tras evaluar que la legislación vigente es "insuficiente" ya que ante la comisión de delitos "cambian las personas y permanecen las corporaciones, y el derecho penal no actúa".
El magistrado, que preside la comisión redactora del proyecto de reforma del Código Penal- solicitó "fijar parámetros objetivos para cuantificar la culpabilidad y para prevenir que el mismo hecho se vuelva a producir".
A su turno, el especialista en Derecho Comercial de la UBA Daniel Roque Vítolo consideró atinado dar el debate, pero identificó una serie de problemas al proyecto.
"El problema que se advierte en este proyecto de ley es que quedan excluidas de la posibilidad de ser sancionados penalmente el consorcio de copropietarios, las comunidades y profesiones religiosas, y las otras personas jurídicas como los pueblos originarios, comunidades indígenas, las obras sociales, las cooperativas, las mutuales, los partidos políticos", advirtió.
A su vez, calificó como "errónea" la cancelación de la personería jurídica en el marco de las sanciones impuestas por el régimen de responsabilidad penal, como también se opuso a la imposibilidad de usar patentes por diez años, y a la suspensión de actividades por el mismo período de tiempo.
"Metamos preso o apliquemos multas al que cometió el delito, pero no cerremos la empresa y dejemos a empleados en la calle", señaló.
Fuente: NA