Mediante una iniciativa de la autoridad monetaria, ganaderos y tamberos podrán solicitar créditos con una tasa nominal de 17% anual, por un plazo mínimo de 12 meses.
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SUSCRIBITEMediante una iniciativa de la autoridad monetaria, ganaderos y tamberos podrán solicitar créditos con una tasa nominal de 17% anual, por un plazo mínimo de 12 meses.
La nueva línea de financiamiento está destinada al sector que más daño sufrió a causa de las inundaciones.
Los tamberos ubicados en la cuenca lechera santafesina reclaman fomento a tasa cero y con más de un año de gracia.
Sin embargo, el BCRA decidió que pequeños y mediados productores pecuarios podrán solicitar créditos subsidiados con una tasa nominal del 17% anual, "el costo financiero total, dependiendo de la entidad, incluye por lo general entre uno y dos puntos adicionales", sostuvo el sitio Valor Soja en un informe.
Así lo dispuso el Banco Central (BCRA) por medio de la comunicaciones "A 6100" y "A 6120" -esta última publicada este martes en el Boletín Oficial- las cuales actualizan las condiciones vigentes para la línea de "financiamiento para la producción y la inclusión financiera" correspondiente al primer semestre de 2017.
Los créditos comprenden "capital de trabajo que se destine a la actividad ganadera -para la adquisición y/o producción de ganado bovino, ovino, porcino, aves de corral, apicultura, etcétera- tambera (lechería) u otras actividades productivas desarrolladas en economías regionales".
El plazo mínimo exigido por el BCRA es de 12 meses, que puede ser mayor si el banco privado que gestiona la línea subsidiada así lo determina.
Por su parte, los productores agropecuarios que se encuentren en emergencia agropecuaria podrán solicitar créditos con una tasa nominal del 17% anual y un plazo de 36 a 48 meses con un período de gracia no inferior a 12 meses.
El último Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM), publicado por el BCRA en diciembre pasado a partir de una encuesta realizada a 50 economistas privados, prevé en promedio una inflación del 21% para el año 2017, sostuvo Valor Soja.
La normativa vigente determina que, en el rubro agropecuario, las Pymes agropecuarias son aquéllas que tienen una facturación anual de hasta 160 millones de pesos.
Para calcular ese monto, se considera el resultante de los tres últimos ejercicios comerciales o fiscales, sin considerar IVA, impuestos internos y hasta el 50% del monto de exportaciones.
En el primer semestre de 2017 las entidades bancarias privadas deben destinar a la línea de "financiamiento para la producción" un mínimo equivalente al 18% de los depósitos del sector privado no financiero en pesos, calculado en función del promedio mensual de saldos diarios de noviembre de 2016, se estableció.
Fuente: NA