El Gobierno promulgó la norma que habilita el ingresos de dineros externados del sistema, el pago de juicios previsionales y la devolución del 15% de la coparticipación a las provincias.
Para continuar, suscribite a Somos Pymes. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.
SUSCRIBITEEl Gobierno promulgó la norma que habilita el ingresos de dineros externados del sistema, el pago de juicios previsionales y la devolución del 15% de la coparticipación a las provincias.
La ley entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Mauricio Macri y el jefe de Gabinete, Marcos Peña.
La iniciativa aprobada por el Congreso fue denominada "Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados", y apunta a "implementar acuerdos que permitan reajustar los haberes y cancelar las deudas previsionales, con respecto a aquellos beneficiarios que reúnan los requisitos establecidos por la presente ley".
El texto de la ley indica que "podrán celebrarse acuerdos en los casos en que hubiera juicio iniciado, con o sin sentencia firme, y también en los que no hubiera juicio iniciado".
"A los fines de agilizar la implementación del Programa, los acuerdos, los expedientes judiciales y las demás actuaciones que se lleven a cabo en el marco del Programa, podrán instrumentarse a través de medios electrónicos", remarcó el Poder Ejecutivo.
Y "también se admitirá la firma digital y/o cualquier otro medio que otorgue garantías suficientes sobre la identidad de la persona", indica la ley.
Asimismo, queda declarada la "emergencia en materia de litigiosidad previsional", a los fines de "la creación e implementación del programa dispuesto en la presente ley, con el objeto de celebrar acuerdos en los casos en que hubiera juicio iniciado, con o sin sentencia firme, y también en los que no hubiera juicio iniciado".
Este estado de emergencia tendrá vigencia por tres años a partir del viernes 22 de julio de 2016.
Por otra parte, la iniciativa establece la Pensión Universal para el Adulto Mayor, de carácter vitalicio y no contributivo, para todas las personas de 65 años de edad o más. La misma implica el pago de una prestación mensual equivalente al 80% del haber mínimo previsional.
En cuanto al blanqueo de capitales, la ley detalla que el "sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior" se extenderá "desde la entrada en vigencia de esta ley hasta el 31 de marzo de 2017, inclusive".
Ahora, luego de la promulgación, vendrán las reglamentaciones: dos de la AFIP (por la moratoria impositiva y el blanqueo), y también del Banco Central, de la Comisión Nacional de Valores y de la Unidad de Información Financiera.
Más detalles en: https://goo.gl/O8roHL