El proyecto impulsado por el Gobierno para poder pagar los juicios a jubilados, atado a un blanqueo de capitales externados, contiene una moratoria en los principales impuestos nacionales.
Para continuar, suscribite a Somos Pymes. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.
SUSCRIBITEEl proyecto impulsado por el Gobierno para poder pagar los juicios a jubilados, atado a un blanqueo de capitales externados, contiene una moratoria en los principales impuestos nacionales.
La iniciativa impone un descuento del 15% sobre el capital si la deuda se paga al contado o en 60 cuotas con un tope de intereses anuales del 18% anual.
Así surge del texto de la iniciativa de 94 artículos de "Sinceramiento fiscal" que ya ingresó en la Cámara de Diputados y que permitirá a las personas no condenadas por delitos de evasión traer fondos al país.
La "regularización excepcional de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras", o moratoria, permite pagar en términos favorables todos los impuestos no ingresados, desde la sanción de la ley al 31 de marzo del 2017.
El artículo 52 de la iniciativa establece que el ingreso a la moratoria suspende las acciones penales tributarias y aduaneras en curso y la interrupción del curso de prescripción penal, mientras que la cancelación de la deuda "producirá la extinción de la acción penal", si no hay sentencia firme previamente.
Quienes se plieguen al blanqueo accederán a la exención de las multas y sanciones previstas en la leyes 11.683, 17.250, 22.161 y 22.415 que no estuvieran firmes al momento del acogimiento; del 100% de los intereses resarcitorios y punitorios para los autónomos y, para el resto de los contribuyentes, de una cifra que disminuye a medida que se retrocede en el período fiscal considerado.
Las personas que ingresen a la moratoria podrán cancelar su deuda con un descuento del 15% sobre capital e intereses si lo hacen al contado, o en un plan con un pago a cuenta del 5% de la deuda y un saldo de 60 cuotas con un interés de financiación del 1,5% mensual. Estas cuotas se podrán cancelar en forma anticipada.
También se permite regularizar las obligaciones fiscales vencidas al 31 de mayo del 2016 que hayan sido incluidas en anteriores planes de pago, con las nuevas condiciones vigentes a partir de esta ley.
No se pueden computar los impuestos ingresados por facturas apócrifas.
Por otro lado, el "régimen de sinceramiento" ratifica, que el impuesto a los bienes personales pasará a ser pagado a partir de los $800.000 este año, $950.000 el próximo y $1.050.000 en 2018, mientras que se eliminará en 2019. En ese mismo año, también se derogará el impuesto a la ganancia mínima presunta.
Además, en el caso de bienes personales, se fija una alícuota decreciente del 0,75% para el actual ejercicio fiscal, del 0,50% para el próximo y del 0,25% para el 2018. Además, se pasará a pagar sobre el excedente de los mencionados pisos y no sobre el total de los bienes.
Finalmente, no habrá un premio para la reducción de los anticipos de Ganancias, como se había anunciado la semana pasada, para los cumplidores.
Fuente: La Nación