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Gobierno nacional

El Gobierno vuelve a insistir con el "blanqueo de capitales"

30 de septiembre de 2015 - 11:51

El Poder Ejecutivo prorrogó por novena vez consecutiva la exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior, el último gran invento del ex secretario de Comercio, Guillermo Moreno

La extensión de la medida fue oficializada a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, con las firmas de la presidente Cristina Fernández de Kirchner, del jefe de Gabinete Aníbal Fernández y el ministro de Economía Axel Kicillof.

"Prorróganse por 3 meses calendario a partir del 1 de octubre de 2015 los plazos previstos en la Ley N° 26.860", de acuerdo con el texto oficial. 

Según esa ley, la exteriorización comprende la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior al 30 de abril de 2013, inclusive. 

También puede incorporarse la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior que resulte del producido de bienes existentes al 30 de abril de 2013. 

El "blanqueo" se realiza a través de dos instrumentos financieros como el Certificado de Depósito para Inversión (Cedin) y el Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (Baade).

A través del primero de estos, el Ejecutivo pretende atraer dólares que están fuera del sistema financiero para volcarlas en el mercado inmobiliario, mientras que con el Baade, la intención es recuperar divisas para el sector energético.

En el decreto, se explicó oficialmente que la exteriorización de capitales "permite emplear recursos líquidos ociosos para financiar inversiones productivas y sociales que apuntalen el proceso de crecimiento, profundicen la reindustrialización iniciada en 2003 y permitan la inclusión de vastos sectores de la sociedad". 

Por ese motivo, la Casa Rosada señaló que "razones operativas, y con la finalidad de permitir que una mayor cantidad de sujetos interesados puedan exteriorizar sus tenencias y acogerse a los beneficios dispuestos en la ley, hacen necesario disponer una nueva prórroga por 3 meses calendario de los plazos previstos en el régimen".

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