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GCBA

El GCBA deberá pagar retroactivo en línea con un índice de inflación alternativo

13 de julio de 2015 - 13:00

La Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Capital Federal ordenó al Gobierno porteño abonar a un trabajador esa proporción salarial, actualizándola con el coeficiente de precios al Consumidor de la misma Ciudad.

Al momento de su creación, ese índice fue pensado para funcionar como una medición paralela a la que releva el altamente cuestionado INDEC.

La medida fue ordenada por el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño Marcelo López Alfonsín, quien hizo lugar al pedido de un empleado estatal porteño, a quien le reconoció la suma remunerativa de dos suplementos salariales. 

En su fallo, el magistrado destacó que el Índice de precios al Consumidor de la Ciudad (IPCBA) es un indicador elaborado para medir los cambios en el tiempo del nivel de precios de los bienes y servicios adquiridos para el consumo por los hogares de la Capital Federal.

Si bien ante el reclamo del empleado, el juez tuvo en cuenta que los dos salarios fueron pagados de manera continua y permanente, se informó que los mismos figuran como no remunerativos.

En su decisión, López Alfonsín le reconoció al empleador el carácter remunerativo y dispuso que se actualicen los salarios de acuerdo a los índices inflacionarios establecidos por el INDEC de abril de 2006 hasta junio de 2013.

Pero al fallar, el magistrado tuvo en cuenta que en 2013 la administración macrista creó un índice inflacionario propio.

En función de ello, ordenó que la actualización del salario del trabajador se debe calcular por el índice de precios al consumidor de la CABA desde dicha fecha en adelante.

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