A partir de noviembre, los bancos comenzaron a emitir los resúmenes de cuenta con el agregado impositivo que decidió aplicar la AFIP para los consumos en dólares.
domingo 22 de marzo de 2026
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SUSCRIBITEA partir de noviembre, los bancos comenzaron a emitir los resúmenes de cuenta con el agregado impositivo que decidió aplicar la AFIP para los consumos en dólares.
Ese "plus" del 15 por ciento para las compras en dólares con tarjeta de crédito quedó establecido para las compras realizadas en el exterior del país.
La resolución de la AFIP estableció que las percepciones puedan ser consideradas como pagos a cuenta, solo por los siguientes tributos: monotributistas, del impuesto sobre los Bienes Personales e impuesto a las Ganancias.
Para descontar el recargo, el organismo dispuso que se lo deberá incluir en la declaración jurada de Ganancias o de Bienes Personales, correspondientes al período fiscal en el cual se pagó.