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Ministerio de Economía 

Prorrogaron por dos años el derecho antidumping a ruedas de acero importadas desde China

La medida alcanza a los productos utilizados en autobuses, camiones, remolques y semirremolques.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 4 de marzo de 2026 - 17:33

El Gobierno nacional prorrogó por dos años la aplicación de derechos antidumping a las importaciones de ruedas de acero provenientes de China.

Lo hizo a través de la Resolución 241/2026 del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial.

Regulación de las compras de ruedas desde China

La medida alcanza a los productos utilizados en autobuses, camiones, remolques y semirremolques. La resolución establece la continuidad de un derecho ad valorem del 41,78% calculado sobre los valores FOB de exportación.

Esta decisión se tomó tras un análisis de la Comisión Nacional de Comercio Exterior, que determinó la probabilidad de que se repita el daño a la industria local si se eliminaba el arancel.

Según la Resolución 241/2026, la prórroga rige para ruedas con un diámetro nominal entre 17,5 y 24,5 pulgadas y un ancho superior o igual a 6 pulgadas.

El examen de la medida fue solicitado originalmente por la firma Distribuidora Comersur SA ante el vencimiento del plazo anterior.

Los informes técnicos determinaron un margen de recurrencia de dumping del 29,83% tomando como referencia las operaciones de exportación chinas hacia el mercado de Perú.

La resolución establece que, al momento del despacho a plaza, los importadores deberán abonar el derecho antidumping conforme lo dispuesto en la normativa original.

Además, se comunicó a la Dirección General de Aduanas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que las importaciones quedarán sujetas al régimen de control de origen no preferencial vigente.

Parámetros de la medida

Con esta extensión de dos años, las autoridades buscan consolidar la recuperación del sector productivo nacional de ruedas de acero.

La medida alcanza a las operaciones de exportación hacia la Argentina de “ruedas de acero, de diámetro nominal superior o igual a 444,5 mm (17,5”), pero inferior o igual a 622,33 mm (24,5”) y ancho nominal superior o igual a 152,4 mm (6”), de los tipos utilizados en autobuses, camiones, remolques y semi-remolques”, que clasifican en las posiciones arancelarias N.C.M. 8708.70.90 y 8716.90.90.

El derecho antidumping original había sido fijado por la Resolución 1444/2019 del ex Ministerio de Producción y Trabajo, que estableció un arancel ad valorem definitivo del 41,78% sobre los valores FOB de exportación, por el plazo de cinco años.

Tras el pedido de apertura de examen presentado por la firma Distribuidora Comersur SA, el Ministerio de Economía inició el proceso de revisión mediante la Resolución 1178/2024, sin mantener vigente la medida durante el análisis.

En el marco del procedimiento, la Subsecretaría de Comercio Exterior elaboró su Informe de Determinación Final del Margen de Dumping y concluyó que existiría probabilidad de recurrencia en caso de levantarse la medida.

Si bien no se detectó margen de dumping en las exportaciones directas hacia la Argentina, se determinó un margen de recurrencia del 29,83% considerando exportaciones hacia terceros mercados, en particular a la República del Perú.

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