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Decreto

Prorrogaron la eliminación de las retenciones de acero y aluminio

La exención de los derechos de exportación para el sector regirá hasta finales de marzo.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 31 de diciembre de 2025 - 12:37

El Gobierno nacional prorrogó por tres meses la eliminación temporal de las retenciones a las exportaciones del acero, aluminio y productos derivados.

Eliminación de las retenciones de acero y aluminio

La norma extendió hasta el 31 de marzo de 2026 la exención del Derecho de Exportación (D.E.) para una serie de productos vinculada al sector industrial del acero y el aluminio, que se exporten a países que aplican a dichas mercaderías un arancel de importación “ad valorem” igual o superior al 45%.

La medida se dispuso a principios de octubre y regía hasta el último día de 2025 pero ahora se extenderá hasta finales de marzo o hasta que se formalice una reducción arancelaria respecto del arancel de importación igual o superior al 45%, lo que ocurra primero.

El Poder Ejecutivo esgrimió que “la República Argentina cuenta con capacidades productivas relevantes en los sectores de aluminio y acero, los cuales revisten carácter estratégico en la estructura industrial del país, generando volumen de exportaciones, empleo y valor agregado”.

Asimismo, recordó que “en los últimos años se han verificado prácticas de diversos países que, mediante la aplicación de aranceles de importación “ad valorem” de magnitud significativa, tienden a restringir el acceso de los productos de aluminio y acero al comercio internacional, configurando una forma de proteccionismo que afecta de manera directa la competitividad de las exportaciones argentinas”.

Con respecto a la prórroga, precisó que es necesaria para “mitigar los efectos adversos sobre el sector exportador argentino como consecuencia de la adopción de las mencionadas medidas de protección al mercado interno de dichos productos efectuada por otros países” ya que “a la fecha subsisten condiciones que afectan de manera directa la competitividad de las exportaciones argentinas de aluminio y acero”.

Productos sin retenciones temporalmente

El Decreto 726/2025, emitido en octubre pasado, había fijado en cero por ciento la alícuota de derechos de exportación para ciertos productos inscriptos en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), siempre que el destino de esas exportaciones fueran países que, al momento de la entrada en vigencia de la norma, aplicaran un arancel igual o superior al 45%.

El alcance de la exención abarca una lista de posiciones arancelarias detalladas en el anexo del decreto original, que incluye los siguientes productos:

72.08: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en caliente, sin chapar ni revestir.

72.09: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir.

72.10: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos.

72.11: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir.

72.12: laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados o revestidos.

72.24: los demás aceros aleados en lingotes o demás formas primarias; productos intermedios de los demás aceros aleados.

72.25: laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm.

72.26: laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm.

73.04: tubos y perfiles huecos, sin soldadura (sin costura)*, de hierro o acero.

76.01: aluminio en bruto.

76.04: barras y perfiles, de aluminio.

76.05: alambre de aluminio.

76.06: chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm.

76.07: hojas y tiras, delgadas, de aluminio (incluso impresas o fijadas sobre papel, cartón, plástico o soportes similares), de espesor inferior o igual a 0,2 mm (sin incluir el soporte).

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