A partir del 1 de mayo de 2025, se reducirá el porcentaje del pago a cuenta requerido al momento de adherir a estos planes para las deudas vinculadas a los impuestos a los Bienes Personales y Ganancias.
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SUSCRIBITELa medida permite financiar un mayor porcentaje de la deuda.
A partir del 1 de mayo de 2025, se reducirá el porcentaje del pago a cuenta requerido al momento de adherir a estos planes para las deudas vinculadas a los impuestos a los Bienes Personales y Ganancias.
Se trata de una flexibilización en los Planes de Facilidades de Pago permanentes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La modificación, establecida a través de la Resolución General 5681/25, tiene como objetivo fortalecer la administración tributaria y alentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.
De esta manera, los contribuyentes podrán financiar una porción mayor del total adeudado.
Se trata de "un alivio significativo en el contexto económico actual", subrayó ARCA en un comunicado.
Nuevos porcentajes de pago a cuenta según tipo de contribuyente:
_Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro: del 25% al 17%.
_Medianas empresas – Tramo 1: del 25% al 23%.
_Medianas empresas – Tramo 2: del 30% al 23%.
_Demás contribuyentes: del 35% al 28%.
La adhesión se realiza ingresando al sistema “Mis Facilidades” en el sitio web de ARCA, seleccionando la opción “RG 5321 - Plan de Facilidades de Pago Permanente”.
Para facilitar el proceso, se encuentra disponible una guía paso a paso en el siguiente enlace: Guía de adhesión
Entre los requisitos para acceder al plan figuran: Contar con domicilio fiscal electrónico constituido, tener presentadas las declaraciones juradas, CUIT activa y CBU informada.
También se extiende el plazo para adherirse a los planes de pago vigentes.
Mediante la Resolución General 5680/25, ARCA también resolvió extender hasta el 30 de mayo de 2025 el plazo para que Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes puedan adherirse a los planes de pago vigentes.
Este régimen incluye obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de diciembre de 2024, y contempla deudas impositivas, de la seguridad social, retenciones, percepciones y tributos aduaneros.
Condiciones establecidas:
_Financiación con tasas reducidas: 25% de la tasa resarcitoria para pequeños contribuyentes y 40% para medianas empresas.
_Plazos de financiación:
_Hasta 48 cuotas para micro, pequeñas empresas y similares.
_Hasta 36 cuotas para medianas empresas.
_Menor cantidad de cuotas (24 y 18) para retenciones y percepciones.
La adhesión se realiza a través del sistema “Mis Facilidades” con Clave Fiscal y requiere tener CUIT activa, CBU informada, presentadas las declaraciones juradas y domicilio fiscal electrónico constituido.