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Suma fija no remunerativa

Empleadores podrán descontar el beneficio otorgados a sus trabajadores

AFIP actualizó sus sistemas para reducir las cargas sociales.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 8 de septiembre de 2023 - 19:39

La Administración Federal de Ingresos Públicos realizó las modificaciones necesarias en sus sistemas para que los empleadores puedan declarar correctamente el pago de la suma fija no remunerativa de $60.000 establecida por el Ministerio de Economía.

De esta manera, podrán efectuar la deducción correspondiente del pago de las cargas sociales.

Actualización de la AFIP en beneficio de los empleadores

La suma fija será abonada por la parte empleadora en dos cuotas de $30.000, junto con los salarios de agosto y septiembre.

La actualización hace posible una de las medidas de alivio fiscal anunciadas por el Gobierno Nacional que prevé una asignación no remunerativa de $60.000 pesos para los trabajadores en relación de dependencia con salarios netos inferiores a $400.000, o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal.

Quienes perciban en agosto salarios netos superiores a $370.000 cobrarán un proporcional al monto asignado, hasta alcanzar el tope de $400.000 netos.

La medida alcanza a quienes desempeñen funciones en relación de dependencia en el sector privado y del sector público nacional.

La situación tributaria de las PYMES

Las micro y pequeñas empresas que cuenten con Certificado MiPyME, vigente al 31 de agosto de 2023, podrán computar para las contribuciones patronales, las sumas abonadas en concepto de la asignación no remunerativa.

Dentro del Libro Sueldo Digital, AFIP habilitó el nuevo concepto “560.006 Asignación no Remunerativa Decreto 438/2023”. En tanto, aquellos que utilicen el sistema Declaración en Línea o el aplicativo Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS, deberán consignar las sumas en el campo “Asignación no Remunerativa Dcto 438/23” del cuadro de datos complementarios. Para ello, ya se encuentra disponible la versión 44.12, a la que se accede con CUIT y clave fiscal.

Si una empresa se encuentra caracterizada como micro o pequeña, el sistema calculará automáticamente las contribuciones con la detracción del 100% o 50% sobre este concepto, según corresponda.

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA) inició una gestión ante la AFIP para solicitar la prórroga de las presentaciones de las declaraciones juradas de cargas sociales, que tenían vencimiento del 11 al 13 de septiembre.

Se espera que las autoridades de AFIP den una respuesta favorable y posterguen las fechas de vencimiento al 13, 14 y 15 de septiembre, según la terminación de la CUIT.

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