La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó el Régimen de Información Complementario de Operaciones Internacionales (RICOI).
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SUSCRIBITESe derogó el RICOI en el marco de la simplificación normativa del Gobierno.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó el Régimen de Información Complementario de Operaciones Internacionales (RICOI).
Lo hizo mediante la Resolución General 5772/2025 publicada en el Boletín Oficial.
El régimen, establecido originalmente por la Resolución General 5306/2022, exigía a las personas jurídicas comprendidas en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias informar varias operaciones internacionales.
Algunos de los requerimientos exigidos eran las transacciones con sujetos vinculados en el exterior, con entidades radicadas en jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación, y operaciones que dieran ventajas fiscales, traslados de beneficios o estructuras que pudieran afectar la transparencia tributaria.
Además, el RICOI requería especificar los datos identificatorios de las contrapartes extranjeras, la naturaleza de cada operación y su vinculación con los mecanismos internacionales de reporte (CRS y FATCA).
ARCA avanzó en la simplificación normativa de los regímenes informativos, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 353/2025.
Esta norma ordenó revisar y racionalizar los mecanismos de fiscalización y reporte.
El texto oficial explicó: “En el marco del referido proceso de revisión y atendiendo a la finalidad de evitar duplicidades de información, y, por otra parte, simplificar las obligaciones a cargo de los responsables, resulta aconsejable la abrogación de la norma”.
Asimismo, aclaró que se deroga “sin perjuicio de la continuidad de las acciones de control".
La medida entra en vigencia desde este 21 de octubre y rige para la información correspondiente a los ejercicios cerrados a partir del 1 de mayo de 2025.
ARCA lleva eliminados diez regímenes de información en el transcurso de este año, entre los cuales se destacan el de representantes y terceros intervinientes del exterior; compraventa de vehículos usados; el COTI para operaciones inmobiliarias; consumos con tarjeta y billeteras virtuales; obligación de informar pagos de expensas y consumos elevados de servicios públicos, entre otros.

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