La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la prórroga por 1 mes del plazo de adhesión de la primera etapa del Régimen de Regularización de Activos.
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SUSCRIBITEOficializaron el cambio en el plazo de la primera etapa del Régimen de Regularización de Activos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la prórroga por 1 mes del plazo de adhesión de la primera etapa del Régimen de Regularización de Activos.
Lo hizo mediante la Resolución General 5578/2024 publicada en el Boletín Oficial.
La extensión del plazo había sido dispuesta por el Gobierno a través del Decreto 864/2024.
Los interesados podrán confirmar su adhesión hasta el próximo 31 de octubre, inclusive.
Desde el ente recaudador aclararon que “la medida busca facilitar el proceso de declaración voluntaria de bienes y activos no registrados al 31 de diciembre de 2023”.
“Se ofrece a los contribuyentes una oportunidad adicional para regularizar sus activos en la etapa 1 que contempla mayores beneficios”, resaltó AFIP.
En este sentido, se indicó que “durante la primera etapa, el régimen permite regularizar bienes sin tope y sin costo para dinero en efectivo destinado a la compra de títulos públicos, bonos e inversiones de proyectos inmobiliarios, entre otras opciones”.
Etapa 1
Plazo para realizar la adhesión y el pago adelantado obligatorio: hasta el 31 de octubre de 2024, inclusive
Vencimiento del plazo para presentar la DDJJ y el pago del impuesto de regularización: hasta el 30 de noviembre de 2024, inclusive.
Etapa 2
Plazo para realizar la adhesión y el pago adelantado obligatorio: hasta el 31 de enero de 2025, inclusive
Vencimiento del plazo para presentar la DDJJ y el pago del impuesto de regularización: hasta el 28 de febrero de 2025, inclusive.
Etapa 3
Plazo para realizar la adhesión y el pago adelantado obligatorio: hasta el 30 de abril de 2025, inclusive
Vencimiento del plazo para presentar la DDJJ y el pago del impuesto de regularización: hasta el 30 de mayo de 2025, inclusive.