La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) simplificó los requisitos de control para la aviación comercial regular y eliminó el Formulario de Declaración General para vuelos domésticos
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La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) simplificó los requisitos de control para la aviación comercial regular y eliminó el Formulario de Declaración General para vuelos domésticos
Lo hizo mediante las Disposiciones 1301/2025 y 1349/2025, firmadas por el director nacional Alfredo Hernán Gallardo, y publicadas en el Boletín Oficial.
El Gobierno derogó las normas anteriores sobre control de aviación no regular y general, y aprobó un nuevo reglamento de seguridad aeroportuaria.
La principal modificación estipula que los pilotos de aeronaves de transporte aerocomercial regular de líneas aéreas y sus tripulaciones quedan exceptuados de gestionar un permiso personal aeroportuario de seguridad permanente.
Para circular en zonas de seguridad restringida, estos tripulantes solo deberán presentar documento nacional de identidad o pasaporte y credencial emitida por la empresa, siempre en el marco de sus planes de vuelo.
En el caso de vuelos internacionales, se mantiene la exigencia de la Declaración General de la Organización de Aviación Civil Internacional.
La normativa fue reevaluada por las áreas técnicas, que determinaron la necesidad de simplificación operativa mediante la discontinuación del Formulario de Declaración General para vuelos domésticos o de nivel nacional.
La medida se enmarca en el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica celebrado entre la PSA y la Administración Nacional de Aviación Civil el 26 de marzo de 2025.
Ambos organismos se comprometieron a promover el trabajo coordinado.
Las disposiciones entraron en vigencia a partir de su publicación.
