El Gobierno nacional prorrogó hasta fin de año la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes pertenecientes al sector de salud.
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Extienden la suspensión de ejecuciones fiscales para entidades sin fines de lucro y salud
La prórroga durará hasta fin de año.
Lo hizo a través de la Resolución 1066/2025 del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial.
Suspensión de las ejecuciones fiscales
En los considerandos, el Palacio de Hacienda especificó que subsisten los motivos que llevaron al dictado de estas resoluciones previas para las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes del sector de salud.
Este beneficio fue dictado por primera vez en febrero de 2024 y ya fue prorrogada en julio y diciembre de 2024.
El Ministerio observó que aún persisten las condiciones que afectan a estos sectores y por eso se les otorga un plazo mayor en el que podrán regularizar su situación.
El texto oficial aclaró: “Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive, el plazo previsto en el artículo 1° de la resolución 1445 del 26 de diciembre de 2024 del Ministerio de Economía”.
En la medida publicada el año pasado, el Gobierno dejó afuera de este beneficio a las micro, pequeñas y medianas empresas.
De este modo, a partir de 2025, las PyMEs volvieron a estar expuestas a embargos y ejecuciones fiscales, una situación que había estado suspendida para ellas.
Régimen de facilidades de pago
En junio, la ARCA lanzó un nuevo régimen de facilidades de pago para deudas tributarias -medida que se oficializó a través de la publicación de la Resolución General 5711/2025-.
La medida autoriza a los contribuyentes y responsables a regularizar obligaciones vencidas hasta el 30 de abril de 2025, pero aclara que no se aplicarán reducciones de intereses ni liberación de sanciones, según figura en el texto oficial.
Entre las principales exclusiones del nuevo régimen de facilidades de pago dispuesto por la ARCA, se encuentran las obligaciones vinculadas a retenciones y percepciones previsionales (a excepción de los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia), anticipos y pagos a cuenta, el impuesto al valor agregado sobre servicios digitales y del extranjero, así como los aportes y contribuciones a obras sociales, excepto para los monotributistas.
El esquema también deja fuera cuotas a aseguradoras de riesgos del trabajo, aportes para empleados domésticos y rurales, impuestos internos sobre cigarrillos, cuotas de planes en curso y tributos nacidos a raíz de infracciones al régimen de equipaje aduanero.
Los interesados pueden acceder al plan desde este mes y hasta el 30 de diciembre de 2025 y alcanza a quienes tengan deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, incluidas retenciones y percepciones impositivas, así como tributos asociados a operaciones de importación o exportación y sus intereses.
Para obtener esta financiación, deberán gestionar su solicitud a través del sistema “Mis Facilidades” empleando la correspondiente Clave Fiscal, según detalló la resolución de ARCA.
El texto oficial destaca que “la regularización mediante este régimen no implica la reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones”.