ver más
Poder Ejecutivo

El Gobierno lanzó el nuevo proyecto de Inocencia Fiscal

La iniciativa busca estimular el uso de los dólares que los argentinos tienen fuera del sistema.

Por Redacción Somos Pymes 22 de julio de 2026 - 19:17

El Gobierno nacional presentó el nuevo proyecto de la Ley de Inocencia Fiscal que enviará al Congreso Nacional, el cual busca la adhesión de más contribuyentes para formalizar los denominados “dólares del colchón”.

El anuncio estuvo a cargo del ministro de Economía, Luis Caputo, y la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, María Ibarzabal Murphy.

Junto a ellos estuvieron contadores y tributaristas que recomendaron ciertos cambios para la ley aprobada en diciembre último.

Las razones del nuevo proyecto de Inocencia Fiscal

El titular del Palacio de Hacienda adelantó que el proyecto se enviará mañana al Poder Legislativo.

“Hay más de 4 veces la cantidad de depósitos en dólares metidos en el colchón. Hay US$ 170.000 millones”, manifestó Caputo en base a estimaciones del Banco Central (BCRA).

“Tampoco nos sirve como país que estén debajo del colchón. Necesitamos que la economía crezca y necesitamos recaudar más”, aclaró.

El ministro resaltó que tener los dólares debajo del colchón "es muy mal negocio" ya que "pierden valor, aunque la gente no lo crea".

El objetivo final de la propuesta es aumentar el nivel de inversión en el país.

"Necesitamos que (los dólares) se vuelquen al sistema financiero para que el país crezca nuevamente, genere mayores recursos y genere un mayor superávit que nos permita seguir bajando impuestos", afirmó Caputo

Y especificó que la esencia de la ley sigue siendo la misma, que es permitirle a la gente poder formalizar sus ahorros en el sistema financiero.

"El espíritu de la ley no cambia absolutamente en nada. El objetivo sigue siendo permitirle a la gente que en el pasado se vio forzada a informalizar sus ahorros, porque estaba prohibido el acceso libre a la compra de dólares e incluso penado, que esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin ninguna penalidad", enfatizó.

Panorama de las modificaciones

Ibarzabal Murphy señaló que los cambios en la ley "apuntan a robustecer la seguridad jurídica del régimen" y a "brindar la confianza suficiente para que los ciudadanos se animen a ingresar".

Los ejes principales estuvieron enfocados en ampliar el universo de contribuyentes al Régimen Simplificado de Ganancias y alivianar las dicrepancias significativas.

Estos son los principales cambios:

_Ampliación del universo: se eliminan los topes o barreras patrimoniales y de ingresos. El régimen queda abierto para todas las personas humanas y sucesiones indivisas.

Quienes revistan las categorías de “Grandes Contribuyentes” podrán adherir a la “modalidad simplificada” a los fines prácticos de el que fisco les pre-liquide el impuesto y para efectuar el pago, aunque no gozarán de las presunciones, efectos liberatorios ni demás beneficios previstos en la ley.

_Discrepancia significativa: se configura una discrepancia si ARCA detecta un incremento del impuesto determinado o una reducción de los quebrantos impositivos (lo cual implica una mejora técnica respecto del texto actual que hablaba de “saldos”) por un porcentaje inferior al 15%.

Aún superando el 15%, no habrá exclusión del régimen si la diferencia nominal reclamada no alcanza el equivalente al 5% del monto de evasión previsto ($5 millones).

_Inversión de la carga probatoria y salvataje por rectificativa: se invierte la carga de la prueba hacia ARCA. Para sostener una discrepancia significativa, el fisco no podrá utilizar presunciones sino que solo podrá valerse de la información declarada, sus propios sistemas o datos de terceros. Se otorga una oportunidad al contribuyente para no perder el régimen.

No se considerará configurada la discrepancia si el contribuyente presenta una declaración jurada rectificativa y cancela o regulariza la diferencia (más intereses) en un plazo no mayor a 15 días hábiles tras ser notificado de la liquidación administrativa (por ingresos directos) o de la determinación de oficio.

En el texto actual solo se permitía en el caso de uso de facturas apócrifas.

_Restablecimiento de la presunción y reintegro con intereses en plazo expedito: si el contribuyente paga el ajuste para no perder el régimen y posteriormente se revoca la impugnación de ARCA, se le restablece plenamente la presunción de exactitud.

En este escenario, ARCA está obligada a reintegrar los importes con intereses de repetición en un plazo no mayor a 45 días hábiles desde la notificación de la resolución firme.

Temas
Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar