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Industria automotriz

El Gobierno dispuso cambios en el etiquetado y la trazabilidad de las autopartes

Se implementará un QR obligatorio para identificar las piezas con excepciones para neumáticos y ventas online.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 2 de junio de 2026 - 11:17

El Gobierno nacional realizó modificaciones en el sistema de etiquetado y trazabilidad de autopartes y elementos de seguridad en Argentina.

Etiquetado y la trazabilidad de autopartes

La medida busca facilitar la implementación tecnológica, garantizando que los consumidores tengan acceso directo a la información técnica de los productos que adquieren, junto con el proceso de control.

A través del texto oficial, el Poder Ejecutivo afirmó que “resulta conveniente introducir adecuaciones que permitan facilitar la implementación del sistema, mejorar las condiciones de trazabilidad y garantizar con ello el acceso a la información por parte de los consumidores y de las autoridades de fiscalización”.

La nueva normativa sustituye el Artículo 7° de la anterior Resolución N° 222/2025, estableciendo que los fabricantes e importadores de autopartes deben generar un Código de Respuesta Rápida (QR).

Al escanearlo, el usuario podrá acceder a información detallada como:

_Datos de la empresa (Nombre y CUIT).

_Identificación del producto, marca, modelo y número de pieza (part number).

_Origen del componente.

_Número de certificación y el organismo certificador que lo emitió.

Neumáticos y ventas online

Nación informó que recibió observaciones de las cámaras representativas del sector automotor y autopartista sobre la dificultad material de colocar etiquetas en ciertos bienes.

Como respuesta al reclamo, dispuso que cuando sea imposible colocar el QR en el producto o en su empaque primario, la información deberá estar disponible de forma obligatoria en el punto de venta o entrega mediante un código QR visible que no deje dudas sobre a qué producto corresponde.

Para las ventas electrónicas o a distancia, el consumidor debe tener acceso a un enlace digital con toda esta información de manera previa a la compra.

La resolución establece un período de transición para no afectar el comercio de productos fabricados o importados previamente.

Aquellas autopartes que ya se encuentren en canales de venta mayoristas o minoristas antes de la vigencia de la Resolución N° 222/25 se podrán seguir comercializando bajo la normativa anterior hasta el 1 de septiembre de 2026.

Una vez cumplido ese plazo, todos los productos deberán estar adecuados al nuevo sistema de QR.

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