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SSN

Derogarán la medida que prohibía a las aseguradoras brindar el servicio de grúas

Una nueva resolución dejará sin efecto la normativa expedida a fines de abril.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 10 de junio de 2024 - 18:35

El Gobierno publicará el martes la oficialización de la marcha atrás con la medida que iba a prohibir a las aseguradoras brindar el servicio de grúa y remolque a sus asociados a partir del próximo mes.

De esta manera, la decisión no llegará a entrar en vigencia y quedará sin efecto el documento que la reglamentó, con la publicación de la resolución 269/2024 en el Boletín Oficial.

Las aseguradoras y el servicio de grúas

La medida de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) había generado controversia y tenía varios pedidos de informes de distintos sectores.

Incluso, el vocero presidencial, Manuel Adorni, había confirmado que no se revertiría la decisión de modificar el servicio de grúas ofrecido por las compañías aseguradoras en todo el país.

Sin embargo, ahora el Gobierno confirma que la normativa que debía entrar en vigor el 1 de julio y que había sido anunciada a finales de abril, no entrará en rigor.

Seguirá la obligación de las aseguradoras de incluir servicios de grúa y asistencia mecánica en sus pólizas de autos.

La Resolución 217/2024, publicada en el Boletín Oficial, había planteado el objetivo de desregular el sector, “proteger al ciudadano” y aumentar la competencia.

Algunas compañías de seguros ya habían empezado a enviar a sus clientes cartas con la notificación de este cambio en el servicio prestado.

Normativa oficial

La SSN remarcó que "se firmó una resolución que deroga la anterior, por lo que vuelve a estar el servicio de remolque y grúas en los mismos términos que estaba antes".

La modificación, de haber seguido adelante, implicaba además que las aseguradoras ya no estuvieran obligadas a cubrir los “desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible”.

Solo tendrían la obligación de cubrir los costos de grúa y auxilio mecánico en los casos de “accidente, incendio y robo y/o hurto”.

A raíz de esta medida impuesta por la SSN, la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA) había decidido el pasado el 28 de mayo, una acción colectiva en defensa de los derechos de los consumidores.

Buscaban obtener la nulidad del artículo 2° de la Resolución, que imponía “modificaciones que afectan directamente las condiciones del servicio de remolques, privando a los consumidores de un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro”.

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