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Interés público

Crean registro para presentar iniciativas privadas destinadas a la concesión de obras

La iniciativa brindará mayor seguridad jurídica a las inversiones necesarias para el sector.

Somos Pymes | Redacción Somos Pymes
Por Redacción Somos Pymes 16 de enero de 2025 - 12:53

El Gobierno creó la Base de Iniciativas Privadas que reunirá la presentación de proyectos para la concesión de obras de interés público, como el desarrollo de infraestructura o servicios.

Iniciativas privadas destinadas a la concesión de obras

La medida estaba prevista en la Ley Bases donde se modificó la Ley 17.520 de Concesión de Obras Públicas, con el propósito de “brindar mayor seguridad jurídica a las inversiones necesarias y fomentar la presentación de iniciativas privadas para el desarrollo de obras, infraestructuras públicas y servicios públicos”.

A través de la norma, se faculta al Ejecutivo a “convocar a la presentación de iniciativas privadas para la celebración de contratos de concesiones de obras, infraestructuras públicas y servicios públicos en sectores considerados de interés público, conforme a los criterios y procedimientos establecidos en la reglamentación correspondiente”.

Asimismo, se dispone que “toda persona podrá presentar ante el Poder Ejecutivo Nacional iniciativas privadas para la ejecución de obras, infraestructuras públicas y servicios públicos mediante el sistema de concesión, y que en todos los casos el financiamiento deberá ser privado”.

El registro se desprende del Régimen de Iniciativa Privada aprobado mediante el Decreto 713/2024, en el que se estipula que las Iniciativas Privadas podrán presentarse en dos circunstancias:

_Por convocatoria que realice la autoridad competente en la materia, respecto de sectores o proyectos considerados de interés público.

_Sin convocatoria, en cuyo caso el promotor de la iniciativa deberá manifestar y fundamentar las razones de interés público que justifican la ejecución del proyecto.

Parámetros de la medida

En el texto oficial quedó estipulado que vez presentada la Iniciativa Privada, ya sea por convocatoria o sin convocatoria, el organismo competente deberá remitir a la Dirección General de Gestión Documental, Transparencia y Acceso a la Información, dentro del plazo de 10 días hábiles, la información del proyecto necesaria para su registración en la Base de Iniciativas Privadas.

La mencionada área tendrá cinco días hábiles para publicar la información en el citado registro.

La Base de Iniciativas Privadas publicará, como mínimo, la siguiente información sobre cada proyecto presentado:

_Persona que presentó la iniciativa.

_Fecha de presentación.

_Nombre del proyecto.

_Sector (transporte, energía, minería, forestoindustria, salud, educación, producción, desarrollo social, defensa y seguridad, vialidad, otros).

_Estado del trámite.

_Ficha de la iniciativa: síntesis con los datos más relevantes del proyecto (descripción general del proyecto, de sus características, modalidad de ejecución, ubicación geográfica, beneficios y externalidades asociadas, obras previstas a realizar y/o los servicios a ser prestados, monto estimado de la inversión y plazo).

_Informes relativos al proyecto emitidos por autoridades competentes en la materia.

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