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Canje de deuda

La reapertura del canje de deuda está en vigencia

23 de septiembre de 2013 - 14:37

El Gobierno nacional promulgó la ley que habilita una nueva apertura de la negociación con los holdouts por el pago de la deuda soberana, por lo que ya rige el canje con las mismas condiciones del proceso de reestructuración de títulos públicos que se realizó en 2005 y 2010.

Mediante un decreto publicado el lunes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo fue habilitado a "realizar todos aquellos actos necesarios para la conclusión del proceso de reestructuración de los títulos públicos que fueran elegibles para el canje dispuesto en el Decreto 1.735 del 9 de diciembre de 2004 y sus normas complementarias que no hubiesen sido presentados al mismo ni al canje dispuesto por el Decreto 563 del 26 de abril de 2010".

La norma que posibilita la reapertura del canje fue sancionada el 11 de septiembre último por el Congreso nacional. Allí se establece que "los términos y condiciones financieros que se ofrezcan no podrán ser mejores que los ofrecidos a los acreedores en la reestructuración de deuda" de 2010.

La ley detalla que quedan exceptuados del canje "los títulos de deuda pública que se emitan como consecuencia de lo dispuesto en la presente ley".

Y prohíbe "ofrecer a los tenedores de deuda pública que hubieran iniciado acciones judiciales, administrativas, arbitrales o de cualquier otro tipo un trato más favorable que a aquellos que no lo hubieran hecho".

La iniciativa oficial estipula que los tenedores de títulos públicos que fueran elegibles para el canje dispuesto en el Decreto 1.735/04 "que deseen participar de cualquier operación de reestructuración que se realice en el marco de lo dispuesto en la presente ley, deberán renunciar a todos los derechos que les correspondan en virtud de los referidos títulos".

"Inclusive, deberán renunciar a aquellos derechos que hubieran sido reconocidos por cualquier sentencia judicial o administrativa, laudo arbitral o decisión de cualquier otra autoridad, y renunciar y liberar a la Argentina de cualquier acción judicial, administrativa, arbitral o de cualquier otro tipo, iniciada o que pudiere iniciarse en el futuro con relación a los referidos títulos o a las obligaciones de la Argentina que surjan de los mismos, incluyendo cualquier acción destinada a percibir servicios de capital o intereses de dichos títulos", observó la ley.

A través de los canjes del 2005 y 2010, el Gobierno nacional logró la adhesión del 93 por ciento de los bonistas. No aceptaron la oferta los llamados holdouts, entre los que se encuentran los fondos buitres.

Estos capitales especuladores iniciaron demandas judiciales para cobrar el 100 por ciento de los títulos aún en default y un Tribunal de Apelaciones de Nueva York emitió un fallo en favor de esa postura.

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