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Acceso

Facilitan el acceso a beneficios fiscales para productores agropecuarios

7 de junio de 2022 - 12:36

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso una serie de medidas para facilitar el acceso a beneficios impositivos para productores rurales de zonas declaradas en estado de emergencia o desastre agropecuario.

En el mismo, la entidad fiscal definió que los productores afectados tendrán plazo hasta el 30 de junio para presentar la documentación obligatoria.

Razones oficiales

"La medida apunta a morigerar las consecuencias económicas de la emergencia agropecuaria y las herramientas a disposición de productores y contribuyentes buscan coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y responsables, al generar las condiciones necesarias para fortalecer la recuperación de la actividad económica y preservar las fuentes de empleo", resaltó AFIP en un comunicado.

Las medidas están comprendidas en la Resolución General 5202/2022, publicada en el Boletín Oficial, que estableció como plazo especial "hasta el 30 de junio para presentar la nota en la que el productor afectado por emergencia o desastre agropecuario manifieste su condición de beneficiario y que la explotación afectada constituye su principal".

El beneficio abarca a los productores alcanzados por una declaración de estado de emergencia y/o desastre agropecuario instrumentada por resolución del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca publicada entre el 1 de noviembre del año pasado y con fecha de cierre prevista al martes 7 de junio .

Requerimientos técnicos

AFIP resaltó que "la nota deberá presentarse acompañada de un informe extendido por contador público en el cual surja que la actividad principal se encuentra amparada por la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario".

"La presentación de la nota se realizará a través del servicio de Presentaciones Digitales, al que se accede a través de la web de la AFIP con clave fiscal", subrayó.

La medida se adopta en el marco de la Ley 26.509, que determina ciertas franquicias impositivas a los productores comprendidos en zonas declaradas en estado de emergencia agropecuaria y/o desastre agropecuario.

Entre los beneficios a los que pueden acceder se encuentran la prórroga del vencimiento del pago de impuestos que graven el patrimonio, capitales o ganancias de las explotaciones afectadas.

Más detalles en: https://bit.ly/3xcHIkH

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